Por resolución de este Organismo de 16 de
diciembre de 2003 se acuerda la aprobación definitiva
del Proyecto de Ampliación del Abastecimiento del
Agua a la Mancomunidad de Algodor, Tramo III.
Esta Confederación Hidrográfica del Tajo, de
conformidad con los artículos 48 del Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Aguas y 18 del
Reglamento del Dominio Público Hidráulico de 11 de
abril, acuerda iniciar de oficio expediente de
constitución de servidumbre forzosa de acueducto para
la ejecución del Proyecto de Ampliación del
Abastecimiento del Agua a la Mancomunidad de
Algodor, Tramo III, sobre los terrenos, cuya relación
figura expuesta en los tablones de anuncios de los
Ayuntamientos citados y en las oficinas de la
Confederación Hidrográfica del Tajo, en Avda. de
Portugal n.o 81 de Madrid y, en cumplimiento de los
artículos 37 del citado Reglamento y 29 y siguientes
de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954, otorgar a los propietarios afectados
un plazo de veinte días para formular las alegaciones
que estimen oportunas en defensa de sus legítimos
derechos e intereses, aceptar la oferta económica
o presentar la valoración contradictoria que
consideren oportuna. Se significa que el expediente de
referencia y la documentación técnica se encuentran
de manifiesto en las dependencias de este
Organismo, Avda. de Portugal, n.o 81, despacho n.o 024,
con la referencia Serv. Algodor, pudiendo ser
examinados en días y horas hábiles de oficina.
Madrid, 6 de abril de 2004.-Presidente, José
Antonio Llanos Blasco.-13.289.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid