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Documento BOE-B-2005-120122

FUNDACIÓN LUIS VIVES

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 20 de mayo de 2005, páginas 4339 a 4339 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2005-120122

TEXTO

Resolución del Director General de la Fundación Luis Vives por la que se aprueban las ayudas de la convocatoria 2005 Fundación Luis Vives-Fondo Social Europeo, en el marco de la Subvención Global del programa Operativo de Lucha contra la Discriminación (2000-2006)

De conformidad con lo establecido en el artículo 7.3 de las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas del Fondo Social Europeo en el marco de la Subvención Global del Programa Operativo de Lucha contra la Discriminación (2000-2006), publicadas el 8 de agosto de 2001, y modificaciones posteriores de las mismas, publicadas el 9 de mayo de 2002, el 30 de diciembre de 2003 y el 22 de octubre de 2004, y teniendo en cuenta la propuesta realizada por el Comité de Valoración, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que le están conferidas, resuelve:

Artículo 1. Conceder las ayudas correspondientes a la quinta convocatoria, y con efectos del día 1 de enero de 2005, a las entidades relacionadas a continuación y por las cuantías reflejadas en euros: Nombre de la entidad; Número de proyecto; Total Financiación Concedida; Financiación Objetivo 1; Financiación Objetivo 3. Centro de Iniciativas para la Cooperación Batá. AN739/05; 36.459 €; 36.459 €; 0 €.

Grupo de Educadores de Calle y Trabajo con Menores (GREC). BA717/05; 15.198,50 €; 0 €; 15.198,50 €. Asociación de Parapléjicos y Discapacitados Psíquicos de Lleida (ASPID) . CAT747/05; 18.796,65 €; 0 €; 18.796,65 €. Federación Catalana del Voluntariat. CAT759/05; 59.250,93 €; 0 €; 59.250,93 €. Fundació Barberá Promoció. CAT786/05; 18.830,33 €; 0 €; 18.830,33 €. Fundación Lesmes. CL687/05; 33.000 €; 33.000 €; 0 €. Fundación Intras. CL773/05; 73.097,25 €; 73.097,25 €; 0 €. Asociación Talaverana de Amigos, Familiares y Enfermos Psíquicos (ATAFES). CM744/05; 17.244 €; 17.244 €; 0 €. Fundación Centro de Recursos Sociales (CERES) . CM752/05; 20.799,68 €; 20.799,68 €; 0 €. COCEMFE Alicante. AN734/05; 18.102 €; 18.102 €; 0 €. COGAMI. GA745/05; 42.509,16 €; 42.509,16 €; 0 €. Asociación Coruñesa de Promoción del Sordo. GA746/05; 37.522,50 €; 37.522,50 €; 0 €. COCEMFE España. PR684/05; 44.915,77 €; 38.499,18 €; 6.416,59 €. Red Araña. PR702/05; 75.895,01 €; 62.695,88 €; 13.199,13 €. Radio ECCA, Fundación Canaria. PR714/05; 59.235,88 €; 46.455,52 €; 12.780,37 €. Red-Acoge. PR751/05; 67.057,56 €; 60.324,63 €; 6.732,93 €. Asociación Claretiana Sortarazi. PV769/05; 15.000 €; 0 €; 15.000 €.

Artículo 2. Concretar la concesión de la ayuda en los términos en los que ha sido concedida, que se traducirá en la firma de un Convenio entre la Fundación Luis Vives y la entidad solicitante. En el caso de formular alegaciones a la concesión de la ayuda, éstas deberán realizarse por escrito y ante la Fundación Luis Vives, en el plazo de 10 días naturales desde la fecha de publicación de la presente resolución.

Artículo 3. La presente resolución se podrá recurrir ante la Fundación Luis Vives, en el plazo de 10 naturales a contar desde el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de abril de 2005.-Presidente del Patronato, Óscar Alzaga Villaamil.-22.597.

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