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Documento BOE-B-2005-280141

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana sobre aprobación del expediente de Información Pública y aprobación definitiva del Estudio Informativo de clave EI.1-E-143. «Autovía N-340. Tramo: Castellón-L'Hospitalet de L'Infant. Variantes de Castellón, Benicassim y Oropesa».

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 2005, páginas 11018 a 11019 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2005-280141

TEXTO

Con fecha 18 de octubre de 2005, el Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, visto el informe de la Dirección General de Carreteras sobre el estudio informativo de referencia y en uso de la competencia establecida en la Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo de 1996 ha resuelto lo siguiente:

1. Declarar que el expediente de información pública reseñado cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994, de 2 de septiembre).

2. Aprobar el expediente de información pública del estudio informativo de clave EI.1-E-143 «Autovía Castellón-L'Hospitalet de L'Infant», seleccionando como alternativa a desarrollar en los sucesivos proyectos de construcción la establecida en la Declaración de Impacto Ambiental de fecha 27 de julio de 2005 (Boletín Oficial del Estado de 13 de septiembre de 2005) y que consiste en: a) Duplicación de la variante de la N-340 en Castellón: Tramo OA (puntos kilométricos 0+000 al 2+936) y Tramo 1A (puntos kilométricos 0+000 al 5+975). b) Variante de Benicassim: Tramos 1D, 1A y 2A.1D (puntos kilométricos 5+975 al 18+656), 1A (puntos kilométricos 18+570 a 20+338) y 2A (puntos kilométricos 0+000 al 0+101) y c) Variante de Oropesa: Tramo 2A (puntos kilométricos 0+000 al 4+199) en duplicación. Dichas alternativas consisten en una autovía de 23,375 Kilómetros y un presupuesto base de licitación de unos 125 millones de euros. 3. En la fase de proyecto de construcción se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:

3.1 Todos los condicionantes de la Declaración de Impacto Ambiental de 27 de julio de 2005 (Boletín Oficial de Estado número 29 de 13 de septiembre de 2005).

3.2 Se reconsiderará la conexión con la CV-10, teniendo en cuenta la alegación de la Consellería de Infraestructures i Transport de la Generalitat Valenciana. 3.3 Las alegaciones de la Confederación Hidrográfica del Jucar. 3.4 Se mantendrán los contactos oportunos con «Renfe» para establecer las condiciones de ejecución de las obras compatibilizándolas con las necesidades de explotación de la línea Valencia-Tarragona.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente, de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que se comunica para su general conocimiento.

Valencia, 11 de noviembre de 2005.-El Ingeniero Jefe de la Demarcación, José-Vicente Pedrola Cubells.

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