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Documento BOE-B-2005-28089

Anuncio del Instituto de la Juventud, de 29 de diciembre de 2004, sobre notificación a la entidad Un Crit contra la Intolerancia, CIF G61320347, c/ Rubio i Ors, 33-2.º-3 08830 Sant Boi de Llobregat (Barcelona), referencia ES-31-65-2000-R4.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2005, páginas 812 a 812 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-B-2005-28089

TEXTO

Por medio del presente anuncio, una vez agotados previamente los medios de notificación previstos en el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se pone en conocimiento de Un Crit contra la Intolerancia, CIF G61320347, c/ Rubio i Ors, 33-2.º-3- 08830 San Boi de Llobregat (Barcelona), lo siguiente:

Mediante escrito de fecha 26 de febrero de 2003, una vez transcurrido el plazo para presentar alegaciones, derivado de la notificación de la cuantía provisional del importe a reintegrar, la Directora General del Instituto de la Juventud dictó la siguiente Resolución: «a) Declarar que esa entidad no ha cumplido con la obligación de justificación de los gastos efectuados con cargo a la ayuda recibida de este Organismo en virtud de la Resolución de 18 de diciembre de 2000.

b) Declarar que esa entidad viene obligada a reintegrar a este Organismo la cantidad total de 4.399,07 Euros, por los conceptos de: 4.000 euros de principal (el importe de la ayuda) y 399,07 euros, de interés de demora, tal y como queda justificado en los párrafos precedentes de esta resolución y. c) Requerir a esa entidad a que reintegre a este Organismo la cantidad total que acaba de expresarse».

La documentación completa relacionada por la resolución precedente, en la que se detalla con amplitud el procedimiento de reintegro, plazo, lugar y consecuencias de su no-realización, se encuentra a disposición de Un Crit contra la Intolerancia en la Dirección General del Instituto de la Juventud. Contra la presente resolución podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Directora General del Instituto de la Juventud o Reclamación Económico-Administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Central. El plazo de interposición del recurso o de la Reclamación es de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este Requerimiento en el B.O.E.

Si optara por interponer el recurso de reposición, en el mismo deberá hacer constar que no ha interpuesto la reclamación económico-administrativa.

Madrid, 13 de enero de 2005.-La Directora general del Instituto de la Juventud, Leire Iglesias Santiago.

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