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Documento BOE-B-2005-28091

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la modificación de la línea eléctrica aérea a 400 kV, doble circuito, «Balboa-Frontera Portuguesa» en el tramo comprendido entre los apoyos 2 y 7, en el término municipal de Jerez de los Caballeros, en la provincia de Badajoz, y se declara, en concreto, la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2005, páginas 813 a 813 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2005-28091

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes 177, solicitando la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública, de la modificación de la instalación que se cita. Resultando que la línea Balboa-Frontera Portuguesa fue autorizada y declarada, en concreto de utilidad publica por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 25 de marzo de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 28 de abril de 2004). Aprobándose el proyecto de ejecución por Resolución de la misma fecha. Resultando que sometida a información pública la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», de conformidad con lo previsto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no se han presentado alegaciones ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que se enviaron separatas del proyecto solicitando conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 127,131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo al Servicio Territorial en Badajoz de la Consejería de Fomento de la Junta de Extremadura, a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, y a la Dirección General de Ordenación Industria Energía y Minas, así como a Sevillana-Endesa y al Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, en cuyo término municipal se pretende efectuar la modificación proyectada. Resultando que por el Servicio Territorial en Badajoz de la Consejería de Fomento se contesta que la carretera de enlace de la EX-112 con la N-435 es de titularidad del Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros; por la Dirección General de Patrimonio Cultural. Y la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente se contesta mediante escritos de fecha 28 de agosto de 2004 y 2 de septiembre de 2004 a los que «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» presta su conformidad; Sevillana-Endesa muestra su conformidad al proyecto en escrito de fecha de 3 de septiembre de 2004, y por la Dirección General de Ordenación Industria, Energía y Minas no se contesta ni a la petición de fecha 14 de julio de 2004 ni a su reiteración de fecha 16 de septiembre de 2004, por lo que ha de entenderse su conformidad de acuerdo con lo establecido en los artículos citados. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a la Dirección General de Urbanismo, Arquitectura y Ordenación del Territorio de la Consejería de Fomento de la Junta de Extremadura, además de a los citados efectos del Real Decreto 1955/2000,de 1 de diciembre, a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, no existe pronunciamiento alguno por parte, por lo que teniendo en consideración lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 13/2003 se entenderá evacuado dicho informe en sentido favorable. Resultando que el Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros, en escrito de fecha 15 de noviembre de 2004, manifiesta no tener inconveniente en el trazado de la modificación de la línea. Resultando que el anuncio por el que se somete a información pública la modificación de la línea a 400 kV solicitada por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» ha sido expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento según consta en la certificación emitida, no constando en la misma que se haya presentado alegación alguna. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Badajoz. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Capítulo II del, Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Esta dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la modificación de la línea eléctrica aérea a 400 KV, doble circuito, denominada «Balboa-Frontera Portuguesa», entre los apoyos 2 y 7, en el término municipal de Jerez de los Caballeros, en la provincia de Badajoz, cuyas características principales son:

La modificación proyectada tiene una longitud de 2.581 metros, formado por cinco alineaciones.

Alineación número 1: Se inicia en el apoyo T2 del proyecto original, forma con la anterior un ángulo de 155,33º y tiene una longitud de 674,60 metros, finalizando en el apoyo T4, intercalándose entre ambos el apoyo T3. Alineación número 2: Forma con la anterior un ángulo de 251,30º, tiene una longitud de 364,70 metros y finaliza en el apoyo T5. Alineación número 3: Se inicia en el apoyo T5, forma con la anterior un ángulo de 288,00º, tiene una longitud de 409,50 metros, y finaliza en el apoyo T6. Alineación número 4: Tiene su origen en el apoyo T6, forma con la anterior un ángulo de 250,94º, una longitud de 413,79 metros, y finaliza en el apoyo T6.1. Alineación numero 5: Forma con la anterior un ángulo de 247,48º, tiene una longitud de 718,67 metros, y finaliza en el apoyo T 7 del proyecto original.

Características técnicas:

Conductores: Tipo RAIL, AW de 516 milímetros cuadrados de sección.

Apoyos: Metálicos en estructura de celosía, para doble circuito. Número de circuitos: Dos (inicialmente se tenderá uno). Aislamiento: Cadenas de aisladores de vidrio templado U 160 BS. Cables de tierra: Dos, uno convencional tipo 7N7 AWG de 11 milímetros de diámetro, y otro compuesto de fibra óptica de 18 milímetros de diámetro. Cimentaciones: De zapatas individuales de hormigón en masa. Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado en todos los apoyos, de forma que la resistencia de difusión máxima no supere los valores que se establecen en el Reglamento Técnico de Líneas eléctricas Aéreas de Alta Tensión. Capacidad térmica de transporte por circuito según el Real Decreto 2819/1998: 1.812 MVA por circuito a temperatura de 85 grados C.

La finalidad de la modificación proyectada resulta como consecuencia de los planes de expansión de la empresa «AG Siderúrgica Balboa Sociedad Anónima», sita en el término municipal de Jerez de los Caballeros.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcio-namiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 7 de diciembre de 2004.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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