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Documento BOE-B-2005-294077

NOTARÍA DE DON ANTONIO HUERTA TRÓLEZ

Publicado en:
«BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 2005, páginas 11692 a 11692 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2005-294077

TEXTO

Yo, Antonio Huerta Trólez, Notario del Ilustre Colegio de Madrid, con residencia en la misma capital,

Hago saber: Que en mi Notaría se sigue procedimiento extrajudical al amparo de lo dispuesto en el artículo 16.2 de la Ley 28/1998, de 13 de Julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, a instancia de FCE Bank PLC Sucursal en España y, en virtud de acta de requerimiento otorgada con el número 3373 de su protocolo, de fecha 17 de diciembre de 2004, se requiere de pago a don Abel Rodolfo Fernández Delgado y don Juan Diego Cánovas Rodríguez, en su calidad de Comprador/Prestatario y de fiador solidario, respectivamente del contrato de financiación a comprador de automóviles, modelo F-FC-M de los aprobados por la Dirección General de los Registros y del Notariado en su Resolución de fecha 4 de Febrero de 2000, número 151819, de fecha 9/05/2001 suscrito con FCE Bank PLC Sucursal en España, como financiador, para la financiación de la adquisición del vehículo «Ford Focus Guía 4p 100», número de bastidor WFOFXXWPDF1J80163, matrícula 5733-BJG. El requerimiento de pago se efectúa sobre la suma total de seis mil quinientos dieciséis euros con cuarenta y ocho céntimos (6.516,48 €) de principal, más mil euros (1.000,00 €) , presupuestados para intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, siendo la causa del vencimiento de las obligación el impago de más de dos plazos de los pactados en el contrato de financiación suscrito conforme a lo dispuesto en el artículo 10.2, último párrafo de la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles.

Todo ello haciendo constar que, si el deudor no pagara los citados importes en el plazo de tres días, se procederá a la subasta o adjudicación notarial de los bienes sin necesidad de nuevas notificaciones ni requerimientos, reservándose FCE Bank PLC Sucursal en España, a actuar en la forma prevista en el segundo y tercer párrafo del apartado c) , en relación a apartado e) , del artículo 16.2 de la Ley 28/1998, dejando a disposición del requerido el excedente que pudiera resultar de la subasta o adjudicación notarial.

Madrid, 16 de noviembre de 2005.-El Notario de Madrid, Antonio Huerta Trólez.-61.937.

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