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Documento BOE-B-2006-119075

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Málaga de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto de línea eléctrica aérea-subterránea de MT a 20 kV, reforzando la Lamt denominada «Telefónica-Casares», en el término municipal de Casares (Málaga), expte. AT 678/2448/2.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2006, páginas 5121 a 5122 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2006-119075

TEXTO

Visto el expediente tramitado a instancia de la entidad mercantil Endesa Distribución Eléctrica, S. L., para la autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondiente al proyecto de referencia, y teniendo en cuenta los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 2 de septiembre de 2004, don Pedro Mañas Muñoz, en nombre y representación de la entidad mercantil Endesa Distribución Eléctrica S. L., formuló solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondientes a la línea aérea subterránea de MT a 20 kV, reforzando la LAMT denominada «Telefónica-Casares» y convirtiendo esta en doble circuito desde el nuevo tramo hasta la subestación de Casares en su emplazamiento definitivo.

Las características de esta línea son, para el tramo Aéreo, longitud 9220 metros, material AL/AC, con 43 unidades de apoyos metálicos con crucetas para doble circuito, armado, izado, excavación, hormigonado, herrajes e instalación de P.A.T. incluidos; 6 unidades seccionador I 24 kV 400; 6 unidades pararrayos 24 kV 10 kA y para el tramo Subterráneo, longitud de 123 metros, material RHV12/20, con 3 unidades arquetas tipo A2; 2 unidades arquetas tipo A1; 1 unidad de adecuación del terreno para la instalación red subterránea de 4 tubos de PVC doble capa. La finalidad de la línea es la construcción de una línea MT 20 kV, reforzando la LAMT existente denominada «Telefónica-Casares», y convirtiendo esta en doble circuito desde el nuevo tramo hasta la subestación de Casares en su emplazamiento definitivo. A esta solicitud la compañía peticionaria adjuntó relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que consideraba de necesaria expropiación u ocupación. Segundo.-El trámite de información pública de este expediente se realizó mediante exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Casares y anuncio en las siguientes publicaciones: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía n.º 196, de 6 de octubre de 2005; Boletín Oficial del Estado n.º 237, de 4 de octubre de 2005; Boletín Oficial de la Provincia de Málaga n.º 191, de 6 de octubre de 2005 y Diario Sur de fecha 16 de septiembre de 2005, durante el periodo de información pública se recibieron las siguientes alegaciones: Don Fernando Sarriá Pérez, quién mediante escrito de fecha 24 de octubre de 2005, manifiesta que la finca núm. 1 del proyecto, propiedad de Inmobiliaria Casares S. L., a quien representa se encuentra en pleno desarrollo de obras de urbanización, pudiéndose ver afectadas las mismas por el trazado de la línea. Doña Ana León Parra, la cual manifiesta mediante escrito de fecha 28 de octubre de 2005, que es innecesaria la declaración de urgencia, dado que hace algún tiempo se venían realizando gestiones directas con la entidad beneficiaria y por otro lado ya existe sobre su parcela un tendido eléctrico que supone que dicha finca soporte una servidumbre de paso. Dado traslado de estas alegaciones a la entidad beneficiaria, la misma contesto por escrito de fecha 11 de noviembre de 2005, a las alegaciones de don Fernando Sarriá Pérez, que existe acuerdo suscrito entre la beneficiaria y la entidad Inmobiliaria Casares de fecha 24 de noviembre de 2004, dónde se recoge las pretensiones de la afectada. A las alegaciones planteadas por doña Ana León Parra, contesta que su escrito de alegaciones se presenta fuera del plazo de los 20 días hábiles dados para alegaciones en información pública, no obstante se le ha ofrecido a la misma un acuerdo que le garantiza el enganche eléctrico de su vivienda y que no ha sido firmado por la misma, acompañan copia de los referidos acuerdos. Tercero.-Con fecha 12 de septiembre de 2005, la entidad mercantil Endesa Distribución Eléctrica S. L., presentó solicitud de autorización administrativa y aprobación de proyecto de modificación de la Línea original aérea-subterránea de MT a 20 kV, reforzando la LAMT denominada «Telefónica-Casares» y convirtiendo esta en doble circuito desde el nuevo tramo hasta la subestación de Casares en su emplazamiento definitivo. Las características del proyecto de modificación afectan al tramo subterráneo de 20 kV de 690 metros de longitud, utilizando cable tipo XLPE 18/30 kV de 240 mm2 de sección. El motivo de esta modificación es el traslado de la subestación de Casares que va a suponer modificación de la entrada de la Línea original LAMT «Telefónica-Casares» desde el apoyo núm. 4 hasta la nueva subestación de Casares. El trámite de información pública de esta modificación se realizó mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga n.º 38, de 24 de febrero de 2006. No se han presentado alegaciones en este período. Cuarto.-El proyecto presentado fue sometido al trámite de prevención ambiental emitiéndose con fecha 20 de enero de 2006, el preceptivo informe ambiental favorable condicionado por la Comisión Interdepartamental Provincial de Medio Ambiente, en los términos que obran en el expediente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.2 del Decreto 153/1996, de 30 de abril, Reglamento de Informe Ambiental, la licencia, autorización, concesión o aprobación a expedir por el Órgano Sustantivo recogerá las condiciones previstas en el Informe Ambiental emitido, y en ella se hará constar la prohibición de iniciar la actuación antes de que se haya certificado por técnico competente el efectivo cumplimiento de las condiciones impuestas para su puesta en marcha.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Delegación es competente para conocer y resolver el presente expediente conforme a lo establecido en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas; Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo.-Las alegaciones planteadas por los afectados, han sido contestadas en debida forma por la entidad beneficiaria, justificando el acuerdo alcanzado e idoneidad del trazado propuesto. Las alegaciones presentadas fueron remitidas para su consideración en la elaboración del informe ambiental, no recogiéndose en el mismo estas alegaciones al no tener contenido medio ambiental.

Vistas la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico; Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre Autorización de Instalaciones Eléctricas; Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954; Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957; Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental; Decreto 153/1996, de 30 de abril; Reglamento de Informe Ambiental, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación Provincial resuelve: Otorgar autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución original y modificado, y declaración en concreto de utilidad pública, implicando ésta última la urgente ocupación a los efectos establecidos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de la instalación de referencia, con arreglo a las condiciones siguientes: 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de doce meses, contados a partir de la fecha de la presente resolución. 3. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. 4. Asimismo, el titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los Organismos y Corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por el mismo. Además el titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios. 5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación. 6. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente. 7. Para la ejecución de las instalaciones se cumplirán los condicionados y plazos impuestos en el informe ambiental, a sí mismo y con anterioridad a la puesta en marcha de las instalaciones, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 32 del Reglamento de Informe Ambiental, deberá de notificar su intención a la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, acompañando certificación expedida por Técnico competente en la que se acredite la adecuación de las actuaciones al proyecto, a la autorización de esta Delegación Provincial y al Informe Ambiental, y se detallen y acompañen las mediciones y comprobaciones técnicas realizadas.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, conforme determinan los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Málaga, 24 de abril de 2006.-El Director General de Industria, Energía y Minas, P. D., la Delgada Provincial (Resolución de 23 de febrero de 2005, BOJA núm. 59). Fdo.: María Gámez Gámez.

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