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Documento BOE-B-2006-140108

Anuncio de Confederación Hidrográfica del Guadiana referente al levantamiento de Actas de ocupación por la expropiación forzosa para la realización de las obras del Proyecto de Presa de Villalba de los Barros. Términos municipales de Villalba de los Barros y otros (Badajoz).

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 13 de junio de 2006, páginas 6176 a 6177 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2006-140108

TEXTO

La Ley 10/2001, de 5 de julio del Plan Hidrológico Nacional, declara de interés general del Estado el Proyecto de la «Presa de Villalba de los Barros (Badajoz)» y la urgencia a los efectos de ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, en la Ley 53/2002 de 31 de diciembre, sobre Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. En cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y el 56 y siguientes de su Reglamento, se convoca a los propietarios afectados para el levantamiento de las correspondientes Actas Previas de Ocupación, que tendrá lugar los próximos días 26 y 30 de junio de 2006, 3 y 5 de julio de 2006 a las nueve horas treinta minutos y a las once horas treinta minutos, en el Ayuntamiento de Feria (Badajoz); 7, 10 y 12 de julio de 2006, a las nueve horas treinta minutos y a las once horas treinta minutos, en el Ayuntamiento de Villalba de los Barros (Badajoz); 14, 17, 21, 24 y 28 de julio de 2006, a las nueve horas treinta minutos y a las once horas treinta minutos, en el Ayuntamiento de Fuente del Maestre (Badajoz). No obstante lo anterior, si algún afectado así lo solicita, el citado levantamiento se producirá en los propios terrenos a expropiar. A dicho acto podrán asistir los afectados personalmente, o bien representados por una persona debidamente autorizada, para actuar en su nombre. Aportarán la documentación acreditativa de la titularidad de los bienes objeto de expropiación (Certificado del Registro de la Propiedad, Escritura Pública o fotocopias compulsadas de esos documentos, así como los recibos del IBI de los dos últimos años, o fotocopias compulsadas de los mismos). Los afectados pueden hacerse acompañar a su costa de Perito y Notario, si lo estiman oportuno. Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, las personas que se consideren afectadas podrán formular por escrito, ante esta Confederación, hasta el momento del levantamiento de las Actas Previas a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al relacionar los bienes afectados.

La relación de propietarios afectados se encuentra expuesta en el tablón de edictos de los Ayuntamientos citados.

Badajoz, 24 de mayo de 2006.-El Secretario General, Manuel Piedehierro Sánchez.

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