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Documento BOE-B-2006-192089

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la ampliación de la subestación a 400/220 kV de «Guillena» en el término municipal del mismo nombre, en la provincia de Sevilla, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 2006, páginas 8958 a 8959 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-192089

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la ampliación de la subestación arriba citada. Resultando que la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; no habiéndose presentando alegación ni oposición alguna al proyecto durante el plazo reglamentario. Resultando que la información pública de la solicitud de autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la ampliación de la subestación ha sido expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Guillena; recibiéndose diligencia acreditativa de la exposición durante el plazo reglamentario y en la que no consta que se hayan presentado alegaciones. Resultando que enviado un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Guillena solicitando informe y establecimiento de condicionados técnicos si proceden, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131, y 144 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, solicitando al mismo tiempo informe favorable o desfavorable sobre adaptación de la instalación proyectada al planeamiento urbanístico, de conformidad con lo previsto en la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, por el Ayuntamiento se emite escrito en el que muestra su conformidad. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a la Delegación Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Transporte de la Junta de Andalucía, solicitando informe favorable o desfavorable de acuerdo con la Ley 13/2003, de 23 de mayo, no se recibe pronunciamiento alguno en el plazo reglamentario, por lo que de acuerdo con dicha Ley 13/2003 ha de entenderse emitido en sentido favorable. Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno Sevilla. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el 6 de julio de 2006. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la ampliación de la subestación a 400/220 kV de «Guillena», en el término municipal del mismo nombre, en la provincia de Sevilla, que consiste básicamente en: En el parque de 400 kV se completará el equipamiento para la nueva posición de transformación AT-3, en la calle 2.

En el parque de 220 kV, construcción y equipamiento de la nueva posición de transformación AT-3, en la posición 19. Instalación de un banco de transformación AT-3 de 600 MVA, 400/220 kV formado por tres unidades monofásicas de 200 MVA. Aparamenta a instalar:

Parque de 400 kV.-Se instalará un interruptor, un seccionador con puesta a tierra, dos transformadores de intensidad y un pararrayos.

Parque 220 kV.-Se instalará un interruptor, un seccionador con puesta a tierra, un seccionador de barras, un transformador de intensidad y un pararrayos.

Red de tierras inferiores: Se conectarán a la existente las estructuras y equipos a instalar, de forma que se cumpla con lo establecido en la MIE-RAT-12.

Estructuras metálicas: Se construirán con perfiles de acero normalizados de alma llena. Servicios auxiliares de corriente continua y corriente alterna. Se ampliarán los servicios auxiliares para las posiciones de 220 y 400 kV. Sistemas de control y protecciones y red de fibra óptica. La finalidad de la ampliación de los parques de 400 y 220 kV es la de evitar los problemas de sobrecargas en los transformadores existentes que se derivan de la elevada demanda de energía en el área de Sevilla.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la ampliación que se autoriza a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 25 de julio de 2006.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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