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Documento BOE-B-2006-25076

Notificación de la Resolución de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, de fecha 23 de noviembre de 2005, por la que se resuelven los recursos potestativos de reposición interpuestos en relación con la Resolución del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de fecha 31 de marzo de 2005, relativa a la modificación de uso de la numeración geográfica asignada a Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 2006, páginas 916 a 917 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-25076

TEXTO

No habiendo resultado posible la notificación a la entidad «Vocalis Telecom España, Sociedad Limitada», como interesado en el expediente número 2005/721, por causas no imputables a esta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a notificar por este medio que, el Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones mediante Resolución de fecha 23 de noviembre de 2005, ha resuelto lo siguiente:

Desestimar los recursos de reposición interpuestos por 11811 La Nueva Información Telefónica, Sociedad Anónima Unipersonal, Agrupación de Operadores de Cable, Agrupación de Interés Económico, Asociación de Empresas Operadoras y de Servicios de Telecomunicaciones, BT España Compañía de Servicios Globales de Telecomunicaciones, Sociedad Anónima, Tele2 Telecommunications Services, Sociedad Limitada y Auna Telecomunicaciones, Sociedad Anónima contra la Resolución de esta Comisión de fecha 31 de marzo de 2005, relativa a la modificación de uso de numeración geográfica asignada a Telefónica de España, Sociedad Anónima Unipersonal por estar plenamente ajustada a derecho.

Asimismo, se pone de manifiesto que contra la resolución a la que se refiere el presente certificado, que resuelve un recurso potestativo de reposición, no puede interponerse de nuevo dicho recurso de reposición. No obstante, contra la misma puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.17 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, la Disposición Adicional Cuarta, apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.

El texto íntegro de la Resolución puede ser consultada en la sede de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en Carrer de la Marina, 16-18 Edificio Torre Mapfre, de Barcelona, así como en el Sitio Web de dicho Organismo en Internet: http://www.cmt.es.

Barcelona, 17 de enero de 2006.-P.D. del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (de 18 de diciembre de 1997, B.O.E. núm. 25, de 29.01.1998), el Secretario de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Jaime Almenar Belenguer.

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