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Documento BOE-B-2006-25077

Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural por la que se somete a Información Pública la Relación de Bienes y Derechos afectados y se fija fecha para el Levantamiento de Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización «Proyecto de las Obras de Mejora y Modernización de los Regadíos de la Comunidad General de Regantes Riegos de Levante, Margen Izquierda del Segura, Fase segunda, Sector segundo de Levante, Subsectores 15 a 20, en el Término Municipal de Elche (Alicante)». Entidad beneficiaria: Comunidad general de Regantes Riegos de Levante (I.S.).

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 2006, páginas 917 a 917 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2006-25077

TEXTO

La Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, en su artículo 75, declara de interés general determinadas obras de regadío, figurando en su apartado Uno-a) Obras de modernización y consolidación de regadíos de diversas comunidades de regantes, entre otras, la Comunidad General de Regantes de Levante (I.S.) en el término municipal de Elche (Alicante). Dichas obras llevan implícitas las declaraciones de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley. El proyecto fue aprobado por Resolución de la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 28 de Abril de 2003. Con fecha 31 de Enero de 2005 por Resolución de la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, se aprueba el Proyecto Modificado N.º 1. Y posteriormente, el 7 de Noviembre de 2005, también por Resolución de la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, se aprueba la «Addenda al Proyecto Modificado N.º 1 de las obras de Mejora y Modernización de los Regadíos de la Comunidad General de Regantes Riegos de Levante, Margen Izquierda del Segura, Fase Segunda, Sector segundo de Levante. Subsectores 15 a 20, en el Término Municipal de Elche (Alicante). Expediente 3.21.3.293. El expediente expropiatorio se inicia por orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 26 de Diciembre de 2005. Procede, en consecuencia, someter a trámite de información pública los bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución del proyecto, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa. Todos los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados. Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad General de Regantes Riegos de Levante (Izquierda del Segura), C/ Gilberto Martínez, 5; 03204-Elche (Alicante), disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de Actas Previas. La relación de bienes y derechos afectados, que se adjunta, podrá examinarse, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, en las oficinas de la Comunidad General de Regantes Riegos de Levante (Izquierda del Segura), C/ Gilberto Martínez, 5; 03204-Elche (Alicante), así como en las dependencias del Ayuntamiento de Elche. Al mismo tiempo, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, esta Dirección General ha resuelto proceder a la convocatoria de los propietarios de los bienes y derechos afectados, para que en el día y hora que figuran en el listado adjunto comparezcan en el Ayuntamiento antes citado, al objeto del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva, con desplazamiento, en su caso, a la finca afectada para la toma de datos si fuera preciso. Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en dos diarios de la provincia, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante», así como en el «Boletín Oficial del Estado». Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como las publicaciones correspondientes en el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante», en dos diarios de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Elche, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero. Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes. A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo justificativo del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, en su caso, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, y si lo estiman oportuno, de Peritos y Notarios. Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados de mutuo acuerdo. La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.

En el expediente expropiatorio, la Comunidad General de Regantes Riegos de Levante (I.S.), asumirá la condición de beneficiaria.

Madrid, 19 de enero de 2006.-Francisco Amarillo Doblado, Director General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Anexo

Relación de bienes y derechos afectados en el expediente de Expropiación Forzosa

Exp.: 01001. Pol.: 65. Par.: 22. Titular: Antonia Miralles Espinosa. Servidumbre (m2): 210. Cultivo: LR. Fecha: 2-3-06. Hora: 11:00.

Claves de cult. (cultivo): LR (Labor regadío). El acto tendrá lugar en el municipio de Elche.

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