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Documento BOE-B-2006-266119

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Infraestructuras de Alta Tensión, S. A. (INALTA) la ampliación del sistema de 220 kV de la subestación a 220/132/20 kV de Jijona, en la provincia de Alicante.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 7 de noviembre de 2006, páginas 12290 a 12290 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-266119

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Alicante, a instancia de Iberdrola Distribución Eléctrica, S. A. U., con domicilio en Madrid, avenida de Burgos, n.º 8, solicitando la autorización administrativa de la ampliación de la instalación que se cita. Resultando que la subestación de Jijona en la actualidad es propiedad de INALTA, y su autorización primitiva fue otorgada por la Dirección General de Energía y Combustibles del Ministerio de Industria de fecha 1 de diciembre de 1972. Resultando que la solicitud de Iberdrola ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose oposición ni alegación alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que por la Dependencia del Área de Industria y Energía de Alicante y de conformidad con los artículos 127 y 131 del citado Real Decreto 1955/2000, se remitió una separata del proyecto al Ayuntamiento de Jijona, solicitando informe sobre conformidad, oposición o reparos y el establecimiento de condicionados técnicos si procede, manifestando su conformidad el Ayuntamiento mediante escrito de fecha 21 de noviembre de 2005, indicando que no existe inconveniente de tipo urbanístico y no estableciendo condicionado alguno. Resultando que las obras a ejecutar se realizarán dentro de los terrenos donde se ubica la actual subestación. Visto el informe favorable de la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Alicante. Resultando que con fecha 26 de octubre de 2005 Iberdrola Distribución Eléctrica se dirige a la Dirección General de Política Energética y Minas manifestando que por error en la solicitud presentada en la Dependencia del Área y Energía de Alicante, la ampliación de la subestación de Jijona consistente en dos nuevas posiciones de línea se había efectuado a su nombre, en vez de a nombre de INALTA, actual propietaria del sistema de 220 kV de la subestación. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 21 de septiembre de 2006. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a Infraestructuras de Alta Tensión, S. A. (INALTA), la ampliación del sistema de 220 kV en configuración de doble barra de la subestación a 220/132/20 kV de «JIJONA», en la provincia de Alicante, que consiste básicamente en: Construcción y equipamiento de dos posiciones de línea: El Cantalar 1 y El Cantalar 2.

Aparamenta: Cada posición de línea irá equipada con un interruptor tripolar automático de corte en SF6, dos seccionadores tripolares para conexión a barras, un seccionador tripolar con cuchillas de puesta a tierra para salida de línea, tres transformadores de intensidad y tres transformadores de tensión capacitivos. Puestas a tierra: Se unirán a la malla de tierras inferiores todos los elementos del aparellaje de acuerdo con la MIE RAT.13. Estructura metálica: Se montará la estructura que sirva de apoyo y soporte de la nueva aparamenta así como para el amarre de líneas y embarrados. Cimentaciones: Se procederá a la excavación y posterior hormigonado de las cimentaciones para los nuevos soportes de la ampliación del parque de 220 kV. Cuadros de control: El mando y control está centralizado en los paneles de control, de los cuales se utilizará el panel 17 para la línea El Cantalar 1 y se instalará un nuevo panel n.º 24 para la línea El Cantalar 2. Bastidor de protecciones: Las dos nuevas posiciones de línea ocuparán los paneles 5 y 6 para la línea El Cantalar 1, y los paneles 16 y 17 para el Cantalar 2. Se instalarán los armarios correspondientes a los nuevos equipos de teleprotección y telemando. La finalidad de la ampliación de la subestación es la de atender el suministro en la zona uniendo las subestaciones de Jijona y El Cantalar.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 27 de septiembre de 2006.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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