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Documento BOE-B-2006-299074

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife por la que se acordó otorgar concesión administrativa a la entidad «Cía. Trasmediterránea, S.A.» para la instalación de una terminal de carga Ro-Ro, dedicada a uso particular, en el muelle de ribera del puerto de Santa Cruz de Tenerife.

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 2006, páginas 13958 a 13958 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2006-299074

TEXTO

En la sesión celebrada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en fecha 11 de octubre de 2006, se acordó otorgar concesión administrativa a la entidad «Cía. Trasmediterránea, S.A.» para la instalación de una Terminal de Carga Ro-Ro, dedicada a uso particular, sobre una parcela de 30.090 m2 ubicada en el Muelle de Ribera del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, bajo, entre otras, las siguientes condiciones y con estricta sujeción al resto de condiciones que se establecen en el Pliego:

Plazo de otorgamiento: Diez (10) años.

Tasa por Ocupación Privativa del dominio público portuario, que para el presente año 2006 asciende a la cantidad de doscientos noventa y ocho mil ciento noventa y siete euros con noventa y dos céntimos (298.197,92 €). Tasa por Servicios Generales en la parte correspondiente a la Tasa por Ocupación privativa del dominio público portuario que se determinará aplicando un porcentaje del veinte por cientos (20%) sobre la cuota líquida a ingresar de la misma y que para el presente año 2006 asciende a la cantidad de cincuenta y nueve mil seiscientos treinta y nueve euros con cincuenta y ocho céntimos (59.639,58 €) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 y en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General. Tasa por Aprovechamiento Especial del dominio público portuario en el desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios, que para el presente año 2006 asciende a la cantidad de sesenta y tres mil ciento seis euros con ochenta céntimos (63.106,80 €), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 48/2003 de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés general. Tasa por Servicios Generales en la parte correspondiente a Tasa por Aprovechamiento Especial del dominio público portuario en el desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios que se determinará aplicando un porcentaje del 20% sobre la cuota líquida a ingresar de la misma, y que para el presente año 2006 asciende a la cantidad de doce mil seiscientos veintiún euros con treinta y seis céntimos (12.621,36 €), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 y Disposición Transitoria Sexta de la Ley 48/2003 de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General.

Lo que se publica para general conocimiento.

Santa Cruz de Tenerife, 29 de noviembre de 2006.-El Presidente.-Luis Suárez Trenor.

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