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Documento BOE-B-2006-3131

Resolución de la Subdirección General de Energía de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña, de 8 de julio, por la que se otorga a la empresa «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de una instalación eléctrica en el término municipal de Castellet i La Gornal (Alt Penedés) (expediente 04/12591).

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2006, páginas 131 a 132 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2006-3131

TEXTO

La empresa «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio social en La Moraleja, Alcobendas 28109, Madrid, Paseo Conde de los Gaitanes, número 177, ha solicitado ante la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo e Industria la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del Proyecto de ejecución para la construcción de la instalación eléctrica de la modificación de las líneas de 220 kV Foix-Castellet y Castellet-Viladecans para una nueva entrada y salida a la subestación Castellet, en el término municipal de Castellet i La Gornal. En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud mencionada ha sido sometida a un período de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC número 4282, de 17.12.2004; en el BOE número 301, de 15.12.2004, y en el diario La Vanguardia de 7.12.2004. Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se comunicará al ayuntamiento correspondiente la lista de los bienes y derechos afectados por la instalación para que la expongan al público por un plazo de veinte días, a fin de que las personas interesadas puedan consultarla y puedan corregir, en su caso, los posibles errores u omisiones que pueda haber, así como formular alegaciones que crean procedentes, de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del citado Real Decreto. Considerando que la empresa «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», no ha llegado a un acuerdo con todos los propietarios afectados por esta instalación eléctrica, se ha notificado individualmente a los afectados para que puedan formular las alegaciones que crean procedentes. Dentro del plazo otorgado, la propietaria afectada señora Teresa Rovirosa Brunet ha presentado alegaciones en las que manifiesta que, en el recibo de la contribución que aporta, consta que el terreno afectado es de uso industrial. Asimismo, solicita que un representante de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», se pongan contacto para concretar el terreno afectado y la cantidad económica a indemnizar. Estas alegaciones han sido contestadas por la empresa solicitante, «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», que manifiesta tomar nota del cambio de tipo de terreno de referencia catastral urbana núme ro 9008 (1182202-CF8618S0001/MQ) polígono 23 paraje Les Planes y que en breve se pondrán en contacto con la alegante. De acuerdo con lo que prevé el artículo 146 del mencionado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó un informe al Ayuntamiento de Castellet i La Gornal, Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF) y Renfe, cuyos condicionantes fueron aceptados por la empresa solicitante; la Dirección General de Urbanismo del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña, que previa reiteración no se ha manifestado; «Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada», emite informe favorable; la Subdirección General de Minas, así como el Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, y la Dirección General del Patrimonio Cultural manifiestan que no se encuentran afectados por el mencionado proyecto. Cumplidos los trámites administrativos que dispone la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la administración de la Generalidad de Cataluña. De acuerdo con lo que dispone el artículo 3, apartado 3.c), de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, en relación con el artículo 7, apartado a), del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, resuelvo:

1. Otorgar a empresa «Red eléctrica de España, Sociedad Anónima», la autorización administrativa para la construcción de la instalación eléctrica de la modificación de las líneas de 220 kV Foix-Castellet y Castellet-Viladecans para una nueva entrada y salida a la subestación Castellet, en el término municipal de Castellet i La Gornal.

2. Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados que fueron sometidos a información pública en el anuncio publicado en el DOGC número 4282, de 17.12.2004, y comporta las afecciones descritas en éste y las que hayan podido aflorar o modificarse en la tramitación de este expediente. 3. Aprobar el Proyecto de ejecución de esta instalación, con las características técnicas siguientes:

Esta línea aérea que se proyecta tiene una longitud total de 0,324 kilómetros en doble circuito.

La nueva entrada a Castellet del circuito Foix-Viladecans compartirá apoyos con el circuito Foix-Castellet, objeto de la modificación proyectada entre el apoyo existente mencionado en este proyecto E1 y el pórtico de Castellet, y está formado por dos alineaciones. Las nuevas salida de Castellet del circuito Foix-Viladecans, que compartirá apoyos con el circuito actual Castellet-Viladecans, objeto de la modificación proyectada entre el pórtico de Castellet y el apoyo existente llamado en este Proyecto T1, está formado por dos alineaciones. Nueva entrada: Alineación número 1. Se inicia en el apoyo existente E1, de la actual línea aérea de 220 kV doble circuito Foix-Viladecans y Foix-Castellet. Forma un ángulo de salida de 294,44 grados, tiene una longitud de 0,045 kilómetros. Nueva entrada: Alineación número 2. Se inicia en el nuevo apoyo proyectado E0, que sustituirá al existente. Forma con el anterior un ángulo de 312,22 grados, tiene una longitud de 0,030 kilómetros y finaliza en el pórtico existente de la subestación Castellet. Nuevas salida: Alineación número 1. Se inicia en el pórtico de la subestación Castellet. Tiene una longitud de 0,032 kilómetros. Nuevas salida: Alineación número 2. Se inicia en el nuevo apoyo proyectado T0. Forma con el anterior un ángulo de 202,63 grados, tiene una longitud de 0,217 kilómetros y finaliza en el apoyo existente T1 de la actual línea aérea de 220 Kv doble circuito Foix-Viladecans y Castellet-Viladecans.

Características de la línea:

Sistema: corriente alterna trifásica.

Frecuencia: 50 Hz. Tensión nominal: 220 kV. Capacidad térmica de transporte para circuitos: 502 MVA. Número de circuitos: 2. Número de conductores por fase: 1. Tipo de conductor: Cardinal AW. Sección conductor: 547,30 milímetros cuadrados. Número de cables de tierra: Dos acero recubierto de aluminio (7N7 AWG). Tipo de aislante: Aisladores compuesto tipo 11. Apoyos: Torres metálicas de celosía. Cimentaciones: De zapatas individuales. Puesta a tierra: Anillos cerrados de acero descarburado. Longitud total: 0,324 kilómetros. Finalidad: Reforzar el suministro eléctrico de la zona para alimentar la línea del tren de alta velocidad en el tramo Lleida-Barcelona y mejorar la seguridad y fiabilidad del sistema eléctrico tanto a escala regional, nacional. Presupuesto: 255.800 euros.

Esta resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa anteriormente citada así como el artículo 17 y el capítulo 4 del decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y está sometida a las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero industrial Señor Francisco Salamanca y visado con fecha 9.3.2004, con el número 277078, por el Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña, con las variaciones que, si procede, se soliciten y autoricen.

2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo establecido por el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales, aprobado por el Decreto 3151/1868, de 28 de noviembre, y el resto de disposiciones de aplicación general. 3. La empresa titular será la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente. 4. El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de dos años contados desde la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña. 5. La Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial podrá realizar, durante las obras y la vez finalizadas éstas, las comprobaciones y pruebas que considere necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución. 6. Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al mencionado órgano administrativo el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención que se produzcan durante su curso y también su finalización. La comunicación de la finalización de las obras se acompañará con el certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que éstas se ajustan al Proyecto de ejecución aprobado, que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y, en su caso, se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas. 7. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte de titular de la instalación, de las condiciones impuestas en ésta. En este supuesto, la Administración, previa instrucción del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes. 8. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero del Departamento de Trabajo e Industria (C. ProvenVa, 339, 08037 Barcelona), en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, y según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 8 de julio de 2005.-Director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Josep Isern i Sitjá.

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