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Documento BOE-B-2006-3130

Resolución de la Subdirección General de Energía de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña, TRI/2005, de 8 de julio, por la que se otorga a la empresa «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de una instalación eléctrica en el término municipal de Castellet i La Gornal (expediente 05/8043).

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2006, páginas 130 a 131 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2006-3130

TEXTO

La empresa «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio social en La Moraleja, Alcobendas-Madrid, Paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, ha solicitado ante la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo e Industria, la autorización administrativa, la declaración en concreto de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución para la ampliación de la subestación Castellet i La Gornal 220 kV, en el término municipal de Castellet i La Gornal (Alt Penedés). En cumplimiento de los trámites que establece el ar-tículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud mencionada ha sido sometida a un período de información pública mediante el anuncio publicado en el DOGC número 4375, de 2.5.2005, el BOE número 110, de 9.5.2005, y el diario La Vanguardia de 3.5.2005. Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se comunicará a los Ayuntamientos de los términos municipales donde radiquen los bienes o derechos afectados por la instalación, para su exposición al público por un período de veinte días, para que puedan alegar la existencia de errores en la relación mencionada, así como formular las alegaciones procedentes de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del citado Real Decreto. Dentro del plazo otorgado no se han presentado alegaciones al proyecto. De acuerdo con lo que prevé el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se solicitó un informe a los organismos siguientes:

Ayuntamiento de Castellet i La Gornal que informa favorablemente, no obstante manifiesta que el tendido de líneas nuevas exteriores de transporte que se proyectasen en un futuro tendrán que disponer de las correspondientes autorizaciones municipales, de terceros afectados, etcétera.

Dirección General de Carreteras del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas y a «Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada» los cuales dan su conformidad al proyecto.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 3, apartado 3.c) de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, en relación con el artículo 7, apartado a) del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, resuelvo:

1. Autorizar a la empresa «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la ampliación de la subestación Castellet i La Gornal de 220 kV, en el término municipal de Castellet i La Gornal.

2. Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados que fueron sometidos a información pública en el Anuncio publicado en el DOGC número 4375, de 2.5.2005 y comporta las afecciones descritas en el mismo y las que hayan podido aflorar o modificarse en la tramitación de este expediente. 3. Aprobar el proyecto de ejecución de esta instalación, con las características técnicas siguientes:

Se trata de la construcción de nuevas posiciones de línea, 1) Foix 1 (P16); 2) Foix 2 (P14); 3) Villadecans (P8); 4) Begues (P6); 5) acoplamiento (P17); remodelación de las actuales posiciones de Villadecans y Foix, pasarán a ser las posiciones GIF1 y GIF2 respectivamente, el cambio de fase de los transformadores de tensión de barras, la construcción de un edificio de control y dos casetas de relés, así como la modificación de la actual protección diferencial de barras.

Finalidad: Alimentar el tramo Lleida-Martorel del AVE y minimizar el número de kilómetros de nuevas líneas a construir. Presupuesto: 2.185.414 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa anteriormente citada, así como el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y sometida a las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero industrial Señor Francisco Salamanca Segoviano y visado por el Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña, con el número 297.018, en fecha 11 de febrero de 2005, con las variaciones que si procede, se soliciten y autoricen.

2. La construcción y funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo establecido en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real Decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales, y el resto de disposiciones de aplicación general. 3. La empresa titular será la responsable del uso, la conservación y mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente. 4. El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de dos años a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña. 5. La Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial podrá realizar, durante las obras y la vez finalizadas estas, las comprobaciones y pruebas que consideren necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución. 6. Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al mencionado órgano administrativo el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención durante su curso y su finalización. Junto con la comunicación de la finalización de las obras se adjuntara el certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que éstas se ajustan al proyecto aprobado, que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y, en su caso, se adjuntaran las actas de las pruebas realizadas. 7. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte de titular de la instalación, de las condiciones impuestas en ésta. En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes. 8. Esta autorización se otorga sin perjuicio a terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Trabajo e Industria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 8 de julio de 2005.-Director general de Energía, Minas y Seguridad Industrial, Josep Isern i Sitjá.

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