La empresa Escal UGS, S. L., ha solicitado la concesión de explotación para el almacenamiento subterráneo de gas natural denominado Castor, en aguas situadas frente a la costa de Castellón, según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio, y el reconocimiento de utilidad pública de los bienes y derechos afectados de acuerdo con lo establecido en el artículo 104 de la citada Ley 34/1998, a cuyo efecto ha presentado Memoria Técnico-Económica, Estudio de Impacto Ambiental, Documento de Síntesis y Memoria Justificativa. Para los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio; en relación con los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento; así como en el artículo 86 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se somete al trámite de información pública la solicitud de concesión de explotación de almacenamiento subterráneo de gas natural, cuyas coordenadas son las siguientes:
Vértice |
Longitud E |
Latitud N |
1 |
0º 45' 00'' |
40º 25' 00'' |
2 |
0º 45' 00'' |
40º 20' 00'' |
3 |
0º 40' 00'' |
40º 20' 00'' |
4 |
0º 40' 00'' |
40º 25' 00'' |
Asimismo, se somete a información pública el reconocimiento de la utilidad pública de dicho almacenamiento, cuyas instalaciones terrestres, de acuerdo con el Plan de Explotación presentado, se encuentran situadas en el término municipal de Vinaròs, en la provincia de Castellón.
En la documentación presentada para la solicitud se incluye relación concreta e individualizada de los Bienes y Derechos precisos a expropiar u ocupar para desarrollar las instalaciones del almacenamiento subterráneo Castor, en el término municipal de Vinaròs, en la provincia de Castellón, concretándose las afecciones a fincas de propiedad privada en:
Uno.-Expropiación en pleno dominio de los terrenos adicionales precisos para la construcción de la Planta de Tratamiento, situada en el término municipal de Vinaròs, del almacenamiento subterráneo de gas natural.
Dos.-Para la canalización y cable de comunicaciones del gasoducto:
A) De imposición de servidumbre permanente de paso de gas a lo largo del trazado del gasoducto, con una anchura de cuatro metros (4 m), dos a cada lado del eje por donde discurrirá la tubería enterrada para la conducción del gas, así como para el cable de comunicaciones del gasoducto. Esta servidumbre que se establece está sujeta a las siguientes limitaciones de dominio:
a) Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros (50 cm), así como de plantar árboles o arbustos de tallo alto a una distancia inferior a 2 metros (2 m) a contar desde el eje de la tubería.
b) Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a diez metros (10 m) del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el Órgano competente de la Administración. c) Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen. d) Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación (si fuesen necesarios), así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.
B) De ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras de tendido del gasoducto y que comprende una franja de terreno de 14 m de ancho, extendida a todo lo largo del gasoducto y distribuida en dos semifranjas laterales de 5 y 9 m, consideradas respectivamente al norte y sur del eje del gasoducto. En esta franja se hará desaparecer temporalmente todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines.
Lo que se hace público para conocimiento general, y especialmente de los titulares de la propiedad de los terrenos y demás titulares afectados por las instalaciones terrestres del almacenamiento subterráneo Castor en el término municipal de Vinaròs, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que puedan ser examinadas las solicitudes y documentaciones complementarias de Concesión de Explotación y de Declaración de Utilidad Pública del almacenamiento subterráneo Castor, en la Dependencia del Área de Industria y Energía, Subdelegación del Gobierno, sita en la Plaza M.ª Agustina, n.º 6, 12003 de Castellón, en horario de 09.00 h. a 14.00 h. de lunes a viernes, pudiendo presentar, en su caso, ante la citada Dependencia o en las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, las alegaciones que estimen convenientes, en triplicado ejemplar, en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. La relación de bienes y derechos afectados y los planos parcelarios correspondientes podrán ser igualmente consultados en el Ayuntamiento de Vinaròs (Castellón).
Castellón de la Plana, 23 de julio de 2007 -El Jefe de la Dependencia del Área de Industria y Energía, Estanislao Higueras Chaves.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por instalaciones auxiliares Proyecto: 121001-Almacenamientos subterráneos. Provincia: CS-Castellón. Municipio: VI-Vinaroz |
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Ref. Catastral |
Titular y descripción |
Afección |
Datos catastro |
Naturaleza |
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SE (m2) |
SP (ml) |
OT (m2) |
Pol/Man |
Par. |
SPAR. |
|||
12138A020002830000RD |
En investigación, art. 47 Ley 33/2003/MN Vinaroz, 12500 Vinaroz-Castellón. |
5.277,0 348,0 |
20 |
283 |
a b |
Olivos secano. Improductivo. |
||
12138A020002020000RY |
1. Juan Martínez Villa, c/ San José, 7, 43530 Alcanar-Tarragona. 2. José María Martínez Villa, c/ Sanmartí, 82, 43530 Alcanar-Tarragona. |
31.939,0 |
20 |
202 |
Agrios regadío. |
|||
12138A020002850000RI |
En investigación, art. 47 Ley 33/2003/MN, Vinaroz, 12500 Vinaroz-Castellón. |
5.850,0 |
20 |
285 |
Agrios regadío. |
|||
12138A020001990000RA |
Río Cenia, S. A., avda. Catalunya, 114, Es: Bj, 43530 Alcanar-Tarragona. |
3.670,0 |
20 |
199 |
Improductivo. |
|||
12138A020001980000RW |
Río Cenia, S. A., avda. Catalunya, 114, Es: Bj, 43530 Alcanar-Tarragona. |
49.136,0 3.836,0 |
453,0 |
2.378,0 |
20 |
198 |
a b |
Agrios regadío. Labor regadío. |
12138A020000010000RS |
Río Cenia, S. A., avda. Catalunya, 114, Es: Bj, 43530 Alcanar-Tarragona. |
2.098,0 76,0 2.454,0 |
7.376,0 511,0 220,0 7.288,0 50,0 |
20 |
1 |
a b c d e f |
Agrios regadío. Olivos secano. Agrios regadío. Labor regadío. Agrios regadío. Improductivo. |
|
CA Valenciana-COPUT (IVV, S. A.), avda. Blasco Ibáñez, 50, 46010 Valencia. |
32,0 |
20 |
9002 |
Carretera N-340. |
||||
CA Valenciana-COPUT (IVV, S. A.), avda. Blasco Ibáñez, 50, 46010 Valencia. |
32,0 |
22 |
9002 |
Carretera N-340. |
||||
9186101BE8898N0001LU |
Transcobra Canarias, S. A./FC Santa Lis Asomada, 68, 38400 Puerto de la Cruz-Santa Cruz de Tenerife. |
3.226,0 |
13.634,0 |
22/91861 |
1 |
Urbanizable/Suelo sin edificar. |
||
Ayuntamiento de Vinaroz, plaza Parroquial, 12, 12500 Vinaroz, Castellón. |
35,0 |
112,0 |
22 |
9014 |
Camino. |
|||
9186102BE8898N |
Mariano Suñer del Cerro, p.º Blasco Ibáñez, 8, 12500 Vinaroz, Castellón. |
112,0 |
342,0 |
22/91861 |
291 |
Urbanizable/Suelo sin edificar. |
||
Abreviaturas utilizadas: SE-Superficie a expropiar, SP-Servidumbre de paso, OT-Ocupación temporal, POL-Polígono, MAN-Manzana, PAR-Parcela, SPAR-Subparcela |
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid