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Documento BOE-B-2008-128101

Resolución de la Dirección General de Energía sobre la autorización del establecimiento de una instalación eléctrica, expediente número UP-TR 18/2006, y la declaración, en concreto, de utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 27 de mayo de 2008, páginas 6865 a 6866 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Referencia:
BOE-B-2008-128101

TEXTO

Antecedentes

1. La empresa «Endesa Distribución Eléctrica, SLU», con domicilio social en la calle de Joan Maragall, 16, de Palma, solicitó, en su escrito de 31 de julio de 2006, la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica siguiente:

«Proyecto del tramo subterráneo en doble circuito correspondiente a las líneas eléctricas de alta tensión de 66 kV Vinyeta-Santa Maria y Santa Maria-Son Orlandis. Reforma de la línea eléctrica de alta tensión de 66 kV Vinyeta-Son Orlandis, en los términos municipales de Consell y de Santa Maria del Camí.»

2. En cumplimiento de los trámites establecidos en el Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el cual se regula el procedimiento aplicable en la tramitación de las instalaciones eléctricas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB número 93, de 26 de julio de 1997), modificado por el Decreto 36/2003, de 11 de abril; en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico (BOE número 285, de 28 de noviembre de 1997) conforme a la Ley 17/2007, de 4 de julio, por la cual se modifican la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico para adaptarla a lo dispuesto en la Directriz 2003/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consell, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE número 310, de 27 de diciembre de 2000), esta solicitud se ha notificado de manera individualizada al titular afectado para que pueda formular las alegaciones procedentes, se ha sometido a un período de información pública, mediante el anuncio publicado en el Butlletí Oficial de les Illes Balears número 69 Ext., de 8 de mayo de 2007; en el «Boletín Oficial del Estado» número 111, de 9 de mayo de 2007, y en el diario local «Última Hora», el 28 de abril de 2007.

3. Esta publicación produce los efectos previstos en los artículos 58, 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a todos los titulares afectados. 4. En cumplimiento de los artículos 144 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE número 310, de 27 de diciembre de 2000), se remitió el 26 de abril de 2007 en el Ayuntamiento de Santa Maria y en el Ayuntamiento de Consell, para que tenga conocimiento como administración afectada, lo exponga al público y emita el informe correspondiente. El Ayuntamiento de Consell el 22 de junio de 2007 nos confirma que se ha expuesto en el tablón de edictos la información pública del 4 de mayo de 2007 hasta el 22 de mayo de 2007.

Informes de las Administraciones Públicas y organismos afectados

El jefe de Sección I, emitió un informe técnico favorable a la solicitud de la concesión de la autorización administrativa de la instalación eléctrica nombrada, así mismo hace constar que está incluida entre las actuaciones previstas al Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de la aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de les Illes Balears y que de acuerdo con el Decreto 4/1986, de 23 de enero, no es necesario estudio de impacto ambiental.

El Ayuntamiento de Consell informó el 11 de diciembre de 2007 que pera llevar a cabo dichas obras del proyecto del tramo subterráneo en doble circuito correspondiente a las líneas eléctricas de alta tensión de 66 kV sa Vinyeta-Santa Maria y Santa Maria Orlandis se remitió al Consell de Mallorca el 28 de febrero de 2007, y el Consell de Mallorca analizada la documentación reclama una serie de documentación para poder resolver. «Endesa Distribución Eléctrica, SLU», presenta ante el Consell de Mallorca escrito manifestando esta documentación no es preceptiva de acuerdo con les apartados 5 y 6 del artículo 26 del Decreto 96/2005, de 23 de septiembre. El Ayuntamiento de Santa Maria no ha presentado ningún informe, y atendiendo lo que dispone el artículo 146.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. En caso de silencio, se entiende que no hay ninguna objeción al proyecto y se da por realizado el trámite de informe.

Alegaciones

El 8 de mayo de 2007, los señores Miquel Cirer Garau y Miquel Cirer Morro presentan en la Conselleria de Comerç, Industria y Energía escrito de las alegaciones, con las cuales proponen el cambio del trazado y de los soportes, como poner un soporte en la medianera entre la parcela 251-250 y salir hacia el camí de Muro pegado a esta medianera; otra solución es cambiar el soporte que hay en la parcela 92 ya que está a unos 20 m del camí de Muro y no rompería ninguna parcela; otra opción es cambiar la ubicación de esta torre a la parcela número 14 del término municipal de Santa Maria del Camí ya que existe otra torre de fácil salida al camí de Muro.

El 24 de septiembre de 2007, «Endesa Distribució Elèctrica, SLU», manifiesta con relación con las alegaciones literalmente:

«[...] esta actuación es una de les recogidas en el Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de les Illes Balears, concretamente en su anexo D (actuaciones en transporte de energía eléctrica, apartado c.5.

Segundo.-Uno de los criterios fundamentales que han prevalecido en el presente proyecto pera resolver la alimentación a la subestación de Santa Maria ha sido necesario mantener el trazado actual de la línea aérea existente y no afectar de esta manera a nuevas propiedades incorporando un tramo subterráneo desde los soportes de conversión aéreos subterráneos hasta la futura subestación de Santa Maria, consiguiendo, de esta manera, minimizar el impacto visual de la instalación sobre el entorno en el cual se ubica. Lo cual significa que en la actualidad ya existe una instalación eléctrica y se aprovecha, en la medida de lo posible, este trazado. Tercero.-En este orden de cosas, cabe significar que cualquier otra solución o alternativa al trazado que consta en el proyecto, como las planteadas por los alegados, supondría duplicar en longitud el tramo subterráneo y además llevaría la necesidad de constituir las correspondientes escrituras de servidumbre para albergar las instalaciones subterráneas en fincas o parcelas distintas a las actualmente afectadas[...]»

Fundamentos de Derecho

Atendido el proyecto presentado, se han cumplido todos los trámites administrativos que dispone la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico; el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre; el Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el cual se regula el procedimiento aplicable en la tramitación de las instalaciones eléctricas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, todos ya nombrados;.

El anexo D, apartado I.1 (C-5 del Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears incluye entre las actuaciones de necesidad de refuerzo de la red balear la actuación de Alimentación Santa Maria (S/E 66/15 kV Santa Maria entrada/salida 66 kV S/E Santa Maria sobre línea 66 kV S/E Son Orlandis‑S/E Sa Vinyeta). Asimismo, el artículo 26.5 del Decreto 96/2005, de 23 de septiembre, de aprobación definitiva de la revisión del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears establece que las obras de nueva construcción de instalaciones eléctricas, de reparación y de conservación, que se realicen en ejecución de las determinaciones de este Plan Director, visto que están recogidas con el grado de detalle suficiente para avaluarse las características fundamentales, no serán sometidas a los actos de control preventivo municipal que establece el artículo 84.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de les bases de régimen local, por constituir actividad de interés supramunicipal. Y de acuerdo con el artículo 26.6 del mismo Decreto estas obras no están sujetas al régimen de licencias, autorizaciones y informes establecidos en la Ley 8/1985, de 30 de marzo, de atribución de competencias a los Consejos Insulares en materia de actividades clasificadas y parques acuáticos, reguladora del procedimiento y de las infracciones y sanciones. Visto el artículo 52 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, se declaran de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica. Esta declaración, de acuerdo con el artículo 54 del mismo texto legal, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de la adquisición de los derechos afectados e implica la ocupación urgente a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa; Vistos los informes emitidos, especialmente el elaborado por el jefe de Sección I; A tenor de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el resto de las disposiciones aplicables; Haciendo uso de las atribuciones que tengo legalmente conferidas, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar el proyecto del tramo subterráneo en doble circuito correspondiente a las líneas eléctricas de alta tensión de 66 kV sa Vinyeta-Santa Maria y Santa Maria-Son Orlandis. Reforma de la línea eléctrica de alta tensión de 66 kV sa Vinyeta-Son Orlandis, en los términos municipales de Consell y de Santa Maria del Camí».

Peticionario: «Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada Unipersonal».

Domicilio: calle Joan Maragall, 16, Palma. Situación de la instalación: términos municipales de Consell y de Santa Maria del Camí. Finalidad de la instalación: reforma de la línea aérea de 66 kV sa Vinyeta-Son Orlandis, alimentación nueva de la subestación de Santa Maria. Datos técnicos: la actuación consiste en un nuevo tramo soterrado de entrada a la nueva subestación de Santa Maria, desde dos nuevos soportes de entronque, lo que dará lugar a dos nuevas líneas de 66 kV, sa Vinyeta-Santa Maria y Santa Maria-Son Orlandis. La longitud del nuevo tramo soterrado es de 279 metros, mientras que los conductores que se han de instalar son de 1 × 1.000 mm2 A1. Presupuesto: 170.339,40 euros.

2. Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza, conforme a lo que disponen los artículos 52 y siguientes de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, que lleva implícita, si procede, la necesidad de ocupación de los bienes o la adquisición de los derechos afectados de los propietarios con quien la persona solicitante no ha llegado a un acuerdo, e implica la ocupación urgente de los bienes y derechos mencionados en el anexo de esta Resolución, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Comercio, Industria y Energía, en el termino de un mes, a contar del día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo que disponen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, independientemente que se pueda interponer cualquier otro que se considere oportuno en defensa del derecho.

Palma de Mallorca, 29 de abril de 2008.-La Directora General de Energía, Maria Magdalena Tugores Bautista.

Anexo Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados por el UP-TR 18/06

Propietario: Miquel Cirer Garau (DNI 42 972 354‑M). Domicilio: plaça d'Espanya, 2, Santa Maria. Finca afectada: polígono 3, parcela 256, del término municipal de Consell. Finca 819 de Consell, tomo 3870, libro 71, hoja 32. Soporte número 50: 5,5 m × 5,5 m = 30,25 m2. Metros lineales del tramo subterráneo: 10 metros. Servidumbre: 10 m × 5 m = 50 m2. Propietarios: Miquel Cirer Morro (DNI 43 092 039-K), propietario de una mitad indivisa en nuda propiedad, y Sebastiana Morro Cànaves (DNI 78 172 643-J), propietaria de una mitad indivisa y del usufructo de la otra mitad. Domicilio: polígono 4, parcela 4, carretera de Santa Maria a Sencelles, y calle de Joan Mesquida, 64, bajos, Santa Maria, respectivamente. Finca afectada: polígono 4, parcela 4, del término municipal de Santa Maria del Camí. Finca 4257 de Santa Maria, tomo 5960, libro 200, folio 25. Soporte número 1: 5,5 m × 5,5 m = 30,25 m2. Metros lineales del tramo subterráneo: 10 metros. Servidumbre: 10 m × 5 m = 50 m2.

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