Está Vd. en

Documento BOE-B-2008-179043

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana referente al levantamiento de actas de ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras de conducción de agua desde el acueducto Tajo-Segura para incorporación de recursos a la llanura manchega. Término municipal de Quintanar de la Orden (Toledo).

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 25 de julio de 2008, páginas 8972 a 8973 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2008-179043

TEXTO

La Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, aprueba y declara de interés general la obra de «Abastecimiento a los núcleos inmediatos al acueducto Tajo-Segura». Declarando la urgente ocupación de los terrenos afectados el Real Decreto-Ley 9/2.007, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía en determinadas cuencas hidrográficas. En cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1.954, y el 56 y siguientes de su Reglamento, se convoca a los propietarios afectados para el levantamiento de las correspondientes actas previas de ocupación, que tendrá lugar los próximos días: 5, 6 y 7 de agosto de 2008, a las 9,30, 10,30, 12,00 y 13,00 horas, en el Ayuntamiento de Quintanar de la Orden (Toledo). No obstante lo anterior, si algún afectado así lo solicita, el citado levantamiento se producirá en los propios terrenos a expropiar. A dicho acto podrán asistir los afectados personalmente, o bien representados por una persona debidamente autorizada, para actuar en su nombre. Aportarán la documentación acreditativa de la titularidad de los bienes objeto de expropiación (Certificado del Registro de la Propiedad, escritura pública o fotocopias compulsadas de esos documentos, así como los recibos del I.B.I. de los dos últimos años, o fotocopias compulsadas de los mismos). Los afectados pueden hacerse acompañar a su costa de Perito y Notario, si lo estiman oportuno. Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, las personas que se consideren afectadas podrán formular por escrito, ante esta Confederación, hasta el momento del levantamiento de las actas previas a la ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al relacionar los bienes afectados.

La relación de propietarios afectados se encuentra expuesta en los tablones de los edictos de los Ayuntamientos citados.

Badajoz, 16 de julio de 2008.-El Secretario General, Manuel Piedehierro Sánchez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid