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Desconociéndose el actual domicilio de doña María Raquel Maristany Piñeiro, ex-esposa del que fuera titular del contrato de cesión de uso de la vivienda militar sita en el Poblado Naval, Zona 11, núm. 2360, de Rota (Cadiz), don Pedro Luis Váquez Pérez-Gorostiaga, se le hace saber que, recaída resolución del Director General Gerente para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, con fecha 14 de enero de 2008, en el expediente incoado para el ejercicio del desahucio de la vivienda, se ha formulado con fecha 24 de julio de 2008, requerimiento previo de desalojo, de conformidad con lo prevenido en el artículo 95 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a cuyo efecto se le requiere para que, en un plazo máximo de quince días a partir del día siguiente a la presente publicación, manifieste expresamente si consiente, o no, la entrada en la vivienda, sita en el Poblado Naval, Zona 11, núm. 2360, de Rota (Cadiz), a los efectos de proceder al lanzamiento. Si transcurrido el plazo señalado no se recibe en este instituto su autorización, se entenderá denegada a efectos de solicitar la autorización de entrada en la vivienda militar.
Madrid, 26 de agosto de 2008.-La Jefe de la Subunidad, Cristina Úbeda Murillo.
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