En cumplimiento de la obligación legal contenida en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y ante la imposibilidad de notificar, por dos veces, al interesado, se hace saber que:
Señor don Gerardo Azañedo López, Oostblack Aircraft, Sociedad Limitada.
En relación con el contrato suscrito entre la Entidad Pública Empresarial «Aeropuertos Españoles y Navegación AéreaW (Aena) y la mercantil Oostblack Aircraft, Sociedad Limitada, de la que don Gerardo Azañedo López es representante, formalizado mediante contrato de fecha 1 de julio de 2004, cuyo objeto es «la autorización de uso de la oficina número 1 de 53,54 metros cuadrados en el aeropuerto de Madrid Cuatro Vientos». Se le comunica, que por orden de la Dirección del mencionado aeropuerto, se le inicia expediente de caducidad del contrato por vencimiento del plazo y sus prórrogas con incautación de fianza depositada por incumplimiento de las cláusulas cuarta y quinta del citado contrato, relativas al pago de las tasas adeudadas.
Por lo que se le notifica que, todo ello de acuerdo con lo preceptuado en Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se le concede un plazo de 10 días hábiles para alegaciones y vista del expediente, previa petición de día y hora en la Secretaría General Técnica (Asesoría Jurídica), calle Arturo Soria 109, Madrid (teléfono 91.321.26.70, Luz Martínez Viguer).
Madrid, 26 de septiembre de 2008.-El Director General de Aena, por autorización de fecha 29 de abril de 2003, la Directora de Espacios y Servicios Comerciales, María Dolores Izquierdo Losada.
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