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Documento BOE-B-2008-295062

Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental por la que se inicia período de consultas a las Administraciones Públicas afectadas y al público interesado en el procedimiento de evaluación ambiental estratégico del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana, y se acuerda por razones de interés público y eficacia administrativa proceder a su publicación.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 8 de diciembre de 2008, páginas 14428 a 14429 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-B-2008-295062

TEXTO

Al objeto de iniciar la evaluación ambiental estratégica del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana, según requiere al artículo 19 de la Ley 9/2006, de 28 de abril y con objeto de elaborar el documento de referencia con los criterios ambientales estratégicos e indicadores de los objetivos ambientales y principios de sostenibilidad aplicables y poder determinar el contenido de la información que se debe tener en cuenta en el informe de sostenibilidad ambiental, se procede a consultar a las Administraciones públicas afectadas y al público interesado sobre los extremos indicados anteriormente.: Con dicha finalidad, se pone a disposición la documentación inicial del citado Plan Hidrológico en las siguientes direcciones de Internet en las que además se podrán consultar otros documentos de interés como el Estudio General de la Demarcación, Esquema provisional de temas importantes, etc.:

http://www.mma.es/portal/secciones/evaluacion_ambiental/planes programas/planes_ea/P0112008.htm

http://www.chguadiana.es/

De conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, atendiendo a razones de interés público y eficacia administrativa, dada la gran cantidad de posibles Administraciones Públicas afectadas por tener competencias en biodiversidad, poblaciones, salud humana, fauna, flora, tierra, agua, aire, factores climáticos, bienes materiales, patrimonio cultural, patrimonio histórico, paraje, ordenación del territorio y urbanismo según establece el artículo 9 de la Ley 9/2006 se acuerda la publicación del inicio del presente trámite de consultas y se concede un plazo de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente Resolución para que se realicen las sugerencias que se estimen oportunas.

En la contestación que se dirija a esta Dirección General, hay que señalar que se trata de una «Contestación a consulta sobre contenido del documento de referencia para la evaluación ambiental del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadiana, expediente 2008P011», para facilitar su identificación y vinculación con el expediente. Asimismo, para facilitar y sistematizar el tratamiento de sus sugerencias, éstas deberán seguir el esquema numerado que se facilita a continuación y que tiene relación directa con el contenido que se va a dar al documento de referencia y al informe de sostenibilidad ambiental del Plan Hidrológico:

1. Sugerencias al resumen de los objetivos y contenido del Plan Hidrológico, y su relación con otros planes.

2. Principales elementos del medio ambiente que considera pueden ser afectados por el Plan Hidrológico. 3. Principales objetivos de protección ambiental que considera deben ser utilizados en la evaluación ambiental de este Plan Hidrológico, y propuesta de indicadores para verificar su cumplimiento, y de criterios ambientales estratégicos o principios de sostenibilidad aplicables. 4. Principales impactos del Plan Hidrológico sobre los elementos del medio ambiente antes señalados (a la escala estratégica de plan, no a escala de los proyectos que posteriormente lo desarrollen). 5. Principales medidas preventivas, correctoras o compensatorias que considera aplicables, a escala estratégica del plan, para hacer frente a los impactos anteriormente destacados. 6. Sugerencias para el análisis ambiental de alternativas. 7. Sugerencias al informe sobre la viabilidad económica de las alternativas, así como de las medidas mitigadoras de los impactos. 8. Sugerencias al programa de seguimiento ambiental del Plan Hidrológico.

De conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se relacionan en la sección de evaluación ambiental de la dirección de internet www.marm.es las administraciones publicas afectadas y el público interesado por el presente Plan Hidrológico al que se dirige esta consulta.

Madrid, 4 de noviembre de 2008.-La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, María Jesús Rodríguez de Sancho.

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