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Documento BOE-B-2008-86107

Resolución de la Secretaría General Técnica por la que se notifica a don Marco Bonamoneta, en relación con su solicitud de reconocimiento de título, la necesidad de optar entre realizar un período de prácticas de tres años de duración, someterse a una prueba de aptitud o solicitar el reconocimiento parcial para ejercer la profesión de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, exclusivamente en el sector «Construcción».

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 9 de abril de 2008, páginas 4311 a 4311 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2008-86107

TEXTO

Habiendo sido intentada repetida e infructuosamente, en el domicilio señalado por el interesado en Madrid (España), la notificación a don Marco Bonamoneta, para que realice la opción requerida para el procedimiento de reconocimiento de su título, se publica en cumplimiento de lo previsto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero: Se ha constatado que la formación cubierta por el título español comprende materias sustancialmente diferentes de las correspondientes a la formación de origen acreditada junto a su solicitud, no justificando suficientes conocimientos en las siguientes:

Transportes. Ingeniería y Territorio.

Dinámica Litoral y Marítima. Obras Marítimas. Puertos y Costas. Caminos y Aeropuertos. Tráfico. Ferrocarriles. Planificación y Explotación del Transporte. Explotación de Puertos. Obras Hidráulicas. Sistemas de Recursos Hidráulicos. Aprovechamientos Hidroeléctricos. Sistemas Energéticos. Presas de Embalse. Ordenación del Territorio. Ingeniería Sanitaria Ambiental. Elementos de Ecología. Impacto Ambiental: Evaluación y corrección.

Como consecuencia de la importancia de estas materias para el ejercicio de la profesión regulada en España, y en virtud de lo dispuesto en el apartado octavo de la Orden del Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de 12 de abril de 1993, ha de optar, en el plazo de quince días desde el siguiente a la publicación de este anuncio, por someterse a una prueba de aptitud, realizar un período de prácticas de 3 años de duración o bien, de conformidad con la Sentencia del Tribunal Supremo, de 3 de octubre de 2006, solicitar el reconocimiento parcial para el ejercicio profesional, exclusivamente en el ámbito del sector «Construcción».

De no ejercer alguna de las tres opciones propuestas en el tiempo y forma señalados, se entenderá desistida su solicitud, archivándose las actuaciones, lo que se notificará, en su caso, de acuerdo con lo previsto en la normativa sobre el procedimiento administrativo.

Madrid, 2 de abril de 2008.-El Secretario General Técnico. P. D. (Art. 16 Ley 30/1992), el Subdirector General de Normativa y Estudios Técnicos y Análisis Económicos, Andrés Doñate Megías.

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