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Documento BOE-B-2009-23708

MADRID.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 10 de julio de 2009, páginas 82472 a 82473 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-23708

TEXTO

Edicto.

Juzgado de Primera Instancia número 34 de Madrid.

Juicio procedimiento: Ordinario 120/2007.

Parte demandante: Comunidad Propietarios Felipe Castro, 29.

Parte demandada: Pedro Pablo Arias Amorocho, Clara Emilce Rincón Bonilla.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2008.

Vistos por el ilustrísimo señor don Luis Aurelio González Martín, Magistrado-Juez de Primera Instancia número 34 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado bajo el número 120 del año 2007, a instancia de la Comunidad de Propietarios de la calle Felipe Castro, número 29, de Madrid, representada por el Procurador don Fernando Rodríguez-Jurado Saro y defendida por Letrado/a contra don Pedro Pablo Arias Amorocho y doña Clara Emilce Rincón Bonilla, en rebeldía.

Fallo:

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don Fernando Rodríguez-Jurado Saro, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Felipe Castro, número 29, de Madrid, contra don Pedro Pablo Arias Amorocho y doña Clara Emilce Rincón Bonilla, en rebeldía, y, en consecuencia, condeno a los demandados a que paguen conjunta y solidariamente a la actora la suma de ocho mil trescientos ochenta y seis euros con siete céntimos (8.386,07 euros), correspondientes a las cuotas de la comunidad de propietarios y otros gastos adeudados hasta la fecha de la celebración de la audiencia previa, más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda el 28 de diciembre de 2006 e incrementados en dos puntos desde la fecha de la sentencia, para el caso de mora procesal.

Todo ello con expresa condena en costas a los demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación, que se preparará en el plazo de cinco días, a contar del siguiente al de su notificación, en este Juzgado, para ante la ilma. Audiencia Provincial de Madrid, de acuerdo con los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el día de su fecha.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica sentencia a don Pedro Pablo Arias Amorocho y doña Clara Emille Rincón Bonilla

Madrid, 25 de junio de 2009.- El/La Secretario Judicial.

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