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Documento BOE-B-2009-24875

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima la subestación a 400 kV, de "Udalla", en el término municipal de Ampuero (Cantabria), y se declara la utilidad pública de la misma.

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 17 de julio de 2009, páginas 86921 a 86923 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2009-24875

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cantabria, a instancia de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima con domicilio en La Moraleja - Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración de utilidad pública de la instalación que se cita.

Resultando que la petición de Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en los artículos 124, 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el artículo 9 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental, habiéndose presentado alegaciones por particulares que han sido contestadas por Red Eléctrica de España Sociedad Anónima.

Resultando que remitidas por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cantabria separatas del proyecto y solicitada la conformidad, oposición o reparos a la instalación proyectada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del referido Real Decreto 1955/2000, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo, al Servicio de Patrimonio Cultural de la Dirección General de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria, a la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo del Gobierno de Cantabria, a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea del Ministerio de Fomento, a la Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria, al Servicio de Minas de la Dirección General de Industria de la Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico del Gobierno de Cantabria, a la Dirección General de Obras Hidráulicas y Ciclo del Agua de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria, a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, a la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria, a la Dirección General de Biodiversidad de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria, y al Ayuntamiento de Ampuero, por los mismos se ha emitido conformidad al proyecto.

Resultando que remitidas separatas del proyecto al Ayuntamiento de Ampuero, además de a los citados efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, por el mismo se emite informe favorable.

Resultando que remitida separata del proyecto a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental de la Consejería de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo del Gobierno de Cantabria a fin de que emita informe sobre su adaptación al planeamiento urbanístico, por la misma se emite informe favorable.

Resultando que el proyecto de la instalación y su Estudio de Impacto Ambiental han sido sometidos al procedimiento administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental, según las normas establecidas en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, habiendo sido formulada la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental mediante Resolución de fecha 1 de junio de 2009 de la Secretaría de Estado de Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, donde se considera que el proyecto es ambientalmente viable, y se establecen las medidas preventivas, correctoras y el programa de vigilancia ambiental.

Visto el informe favorable emitido por el Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cantabria.

Visto el informe emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 27 de mayo de 2009.

Considerando que la instalación se encuentra contemplada en el documento denominado "Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2002. Desarrollo de las Redes de Transporte 2002 - 2011" aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 13 de septiembre de 2002 y ratificado por la Comisión de Economía y Hacienda del Congreso el 2 de octubre de 2002.

Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a Red Eléctrica de España Sociedad Anónima, la subestación a 400 kV de "Udalla", en el término municipal de Ampuero (Cantabria), cuyas características principales son:

Parque de 400 kV:

Adoptará una configuración eléctrica en anillo con una posición blindada con sistema de corte en SF6 (y posibilidad de ampliarla a 4 posiciones en total) y configuración actual para las conexiones de la entrada y salida a un transformador de 400/55 kV.

El aparellaje de 400 kV estará compuesto por módulos blindados en intemperie, con aislamiento en SF6 y equipos convencionales. Se dispondrá también de espacio para colocar un transformador 400/55 kV y una autoválvula de 400 kV que serán propiedad de Electra de Viesgo Distribución, Sociedad Anónima.

Las conexiones desde los equipos compactos hasta la línea y transformador se realizarán con cable semiflexible de aluminio - acero.

Asimismo, la conexión a la citada subestación se realizará a través de un entronque en T que saldrá desde el apoyo número 60 de la línea a 400 kV "Penagos-Abanto".

La disposición del parque será la siguiente:

Celda 12: Derivación en "T" de la línea Penagos-Abanto.

Celda 22: Transformador 400/55 kV.

Celda 11: Futura línea 2 (no equipada).

Celda 21: Futura línea 3 (no equipada)

Aparamenta: Se instalarán celdas compactas, transformadores de tensión capacitivos, y autoválvulas.

Redes de tierra superiores e inferiores,

Estructuras metálicas y soportes de la aparamenta de perfiles de acero normalizados de alma llena.

Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente continua.

Construcción de una caseta de mando y control.

Sistemas de protecciones, de medida y de control.

Sistemas de comunicaciones por onda portadora, fibra óptica y telefonía interna.

Sistemas de alumbrado y fuerza.

La finalidad de la instalación es dar servicio a un transformador 400/55 kV propiedad de Electra de Viesgo Distribución, Sociedad Anónima, situado en la misma parcele que la subestación proyectada, al objeto de reforzar la alimentación de la red de distribución, especialmente en la zona oriental de la región.

2. Declarar la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 17 de junio de 2009.- El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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