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Documento BOE-B-2009-4307

JAÉN.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2009, páginas 16389 a 16389 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2009-4307

TEXTO

El Juez de Primera Instancia número 5 de Jaén (antiguo mixto número 4), anuncia:

Cedula de Notificación

En el procedimiento 982/08 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Jaén (antiguo mixto número 4) a instancia de "Bankinter" contra "Construcciones Calderón" y "Maderas y Secaderos Moral, S.L." sobre denuncia civil por extravío de pagaré, se ha dictado la resolución que sigue:

Providencia de la Magistrada Juez sust. Doña María José Hernández Caballero.

En Jaén, a treinta de julio de 2008.

Por recibido en este Juzgado el anterior escrito de demanda con los documentos acompañados, copia de poder con su bastanteo y copias simples.

Se tiene por personado al Procurador Sra. María Victoria Marín Hortelano en la representación que acredita de Bankinter entendiéndose con el mismo en tal sentido las diligencias sucesivas en legal forma y devolviéndole, como solicita la copia de poder presentada, una vez que de ella quede testimonio suficiente.

Se admite a trámite la demanda civil que se sustanciará a lo previsto a la Ley Cambiaria y del Cheque, declarándose competente este Juzgado conforme a lo previsto en el artículo 85 de la citada norma.

Se tiene por identificado el pagaré objeto de esta denuncia y a tal fin, dése trasalado de la misma al librado Contrucciones Calderón ordenándole que, si fuera presentado al cobro lo retenga de pago y ponga las circunstancias de la presentación en conocimiento de este Juzgado.

Igual traslado se dará al librador y endosatario Maderas y Secaderos Moral, S.L., y demás obligados para que en el término de diez días puedan formular las alegaciones que estimen oportunas

Publiquese este proveído en el Boletín Oficial del Estado para que en el plazo de un mes el tenedor del título pueda comparecer y formular oposición, que será por cuenta del denunciante cuya representación procesal se encargará de su diligenciado y retorno.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente al de su notificación.

Lo acuerda y firma S.S.ª; doy fe. El Magistrado Sustituto. El Secretario Judicial.

Diligencia: Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al tenedor, extiendo y firmo la presente en Jaén, a 30 de julio de 2008.

Jaén, 14 de diciembre de 2008.- El Secretario Judicial.

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