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Documento BOE-B-2010-29237

Resolución de la Delegación Provincial de Economía, Innovación y Ciencia de Jaén, por la que se concede autorización administrativa, se aprueba el proyecto de ejecución y se declara la utilidad pública de la instalación de gas natural que se cita. Expte: Gas 2988.

Publicado en:
«BOE» núm. 195, de 12 de agosto de 2010, páginas 92147 a 92150 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2010-29237

TEXTO

Hechos.

Primero.-Con fecha 6 de Noviembre de 2008, ENDESA GAS DISTRIBUCIÓN, S.A.U., solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública de la instalación de gas natural referenciada.

Segundo.-De acuerdo con el artículo 78 y 96 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural y Resolución de 29 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre normas aclaratorias, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en: BOE n.º 73, de fecha 26 de Marzo de 2009, BOP de Jaén, de fecha 27 de Enero de 2009, periódicos Ideal y Diario Jaén de fecha 03 de Marzo de 2009, así como en los tablones de anuncios del Ayuntamiento de Begíjar y el Ayuntamiento de Baeza según respectivas diligencias de fechas 3 y 4 de Marzo de 2010. Se produjeron alegaciones al proyecto en relación con la titularidad de las fincas identificadas como J-BG-205 y J-BG-217 cuyos titulares actuales son los que figuran en la relación modificada que se incluye en esta Resolución.

Tercero.-De conformidad con los arts. 80, 84 y 98 del citado Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, se ha dado cumplimiento al trámite de información a las distintas Administraciones, Organismos y empresas de servicios públicos afectados por la instalación.

Fundamentos de Derecho.

Primero.-Esta Delegación Provincial es competente para conceder la citada autorización, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, de las viceconsejerías y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 134/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones de gas en las Delegaciones Provinciales y Resolución de 29 de enero de 2004, de la citada Dirección General, sobre normas aclaratorias para la autorización administrativa, reconocimiento en concreto de utilidad pública, aprobación de proyecto de ejecución y autorización de explotación, transmisión y cierre de instalaciones de transporte y distribución de gas canalizado.

Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del articulo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de Diciembre de 1954.

En virtud de los preceptos legales citados y a la vista del expediente de referencia, esta Delegación Provincial, resuelve:

Primero.-Conceder Autorización Administrativa, Aprobación de Proyecto y Declaración de Utilidad Pública de ejecución a ENDESA GAS DISTRIBUCIÓN, S.A.U., para realizar la siguiente instalación de gas natural.

Descripción de la instalación:

Expediente: GAS 2988.

Finalidad: Ramal para suministro de gas natural a cogeneración Puente del Obispo.

Características de la instalación:

Presión máxima Antena Principal en Ac.:16 bar de diámetro 6".

Presión máxima de ramales PE: 5 bar.

Caudal inicial: 7500 Nm³/h.

Términos municipales: Begíjar y Baeza.

Término municipal Begíjar: 762,61 metros.

Término municipal Baeza: 873,93 metros.

Total: 1638, 54 metros.

Indicio posición P-02 Puente del Obispo perteneciente al Gasoducto primario Linares-Úbeda-Villacarrillo.

Final: Arqueta con válvula junto a las instalaciones de Cía Energética Puente del Obispo, S.L.

Ubicación: T. M. de Begíjar y (Puente del Obispo), T.M. de Baeza (Jaén).

1.º Las obras y pruebas deberán realizarse de acuerdo con el proyecto y cumpliendo, en todo caso, lo indicado en los Reglamentos y demás normativa que le es de aplicación.

2.º Esta autorización se otorga independientemente y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos que corresponda otorgar a otros organismos, entidades o particulares.

3.º El plazo de puesta en marcha será de 12 meses, contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Resolución.

4.º El titular de las citadas instalaciones, dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Provincial, a efectos de reconocimiento definitivo del Acta de Puesta en Servicio. A dicha solicitud se acompañará un certificado de final de obra, suscrito por técnico facultativo competente, pruebas, certificados de soldaduras, homologación de aparatos, etc, conforme a la reglamentación en vigor

5.º La Administración Autonómica dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas por ella

Segundo.-Declarar la utilidad pública en concreto de la instalación referenciada, a los efectos de expropiación forzosa lo que lleve implícita:

Uno.- Expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se han de construir las instalaciones fijas en superficie.

Dos.- Para las canalizaciones:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso de gas a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de dos (2) metros, uno(1) metro a cada lado del eje por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas. Esta servidumbre que se establece estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros(50 cm), así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos metros(2m) a contar del eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación, o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones a una distancia inferior de cinco metros(5m) del eje del trazado, a uno y a otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el órgano competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, de los daños que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

5. Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la franja que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO

Abreviaturas utilizadas: PO= Posición, m.l=metro lineal, OT=ocupación temporal, SERV=servidumbre, POLIG=polígono, PARC=parcela

Localidad: Begíjar

FINCA Nº

TITULAR

SERV.

m2

SERV.

m.l

OT m²

POLIG.

PARC.

NATURALEZA

J-BG-200

CARMEN PERALES LOPEZ

112

56

560

9

103

Olivar Regadío

J-BG-201

ENCARNACIÓN PERALES LOPEZ

40

20

190

9

104

Olivar Regadío

J-BG-202

AYUNTAMIENTO DE BEGIJAR

14

7

70

9

9004

Camino.

J-BG-203

MARÍA FERNÁNDEZ CHECA

22

11

170

9

143

Olivar Regadío

J-BG-204

JOSEFA MOLINA JIMÉNEZ

80

40

400

9

140

Olivar Regadío

J-BG-205

ANTONIO SOLA ORTEGA

48

24

240

9

139

Olivar Regadío

J-BG-206

CATALINA FERNÁNDEZ CABRERO

62

31

312

9

137

Olivar Regadío

J-BG-207

JOSE L. PERALES PEÑA

26

13

260

9

134

Olivar Regadío

J-BG-208

JOSE L. PERALES PEÑA

30

15

148

9

133

Olivar Regadío

J-BG-208/1

ANDRES LECHUGA FERNÁNDEZ

108

54

510

9

130

Olivar Regadío

J-BG-209

AYUNTAMIENTO DE BEGIJAR

22

11

113

9

9005

9007

Y Camino

J-BG-209/1

ANTONIO SÁNCHEZ MORENO

108

54

505

9

131

Olivar Regadío

J-BG-210

JOSE LUIS PERALES PEÑA

24

12

239

9

132

Olivar Regadío

FINCA Nº

TITULAR

SE.

m2

SP

m.l

OT m²

POL.

PAR

NATURALEZA

J-BG-210/1

JOSE LUIS PERALES PEÑA

142

71

672

9

135

Olivar Regadío

J-BG-211

ADIF. JEFAT. TERRIT. DE MANT. DE INFRAES.

36

18

252

9

9008

Ferrocarril Linares

J-BG-212

JOSE LUIS PERALES PEÑA

300

150

1500

9

226

Olivar Regadío

J-BG-213

JOSE LUIS PERALES PEÑA

30

9

225

Olivar Regadío

J-BG-214

BLAS FERNANDEZ CABRERA

70

35

370

9

227

Olivar Regadío

J-BG-215

ANTONIO MENDOZA TRIBALDOS

66

33

330

9

228

Olivar Regadío

J-BG-216

JUANA FDEZ. CHECA

60

30

300

9

229

Olivar Regadío

J-BG-217

CONFEDER. HIDROGR. DEL GUADALQUIVIR

140

70

740

9

213

Árboles de Ribera

J-BG-218

CONFEDER. HIDROGR. DEL GUADALQUIVIR

40

20

280

9

9010

Río Guadalquivir

Localidad: Baeza(Jaén)

FINCA Nº

TITULAR

SERV

m2

SERV

m.l

OT m²

POLIG

PARC

NATURALEZA

J-BZ-600

CONFEDER. HIDR. DEL GUADALQUIVIR

140

70

810

35

389

Árboles de Ribera

J-BZ-601

CATALINA RAYA MELGARES

220

110

800

35

40

Olivar Regadío

J-BZ-602

CATALINA RAYA MELGARES

70

35

50

Olivar Regadío

J-BZ-603

AYUNTAMIENTO DE BAEZA

320

160

960

35

9010

Camino

J-BZ-604

AYUNTAMIENTO DE BAEZA

26

13

150

35

9012

Camino

J-BZ-605

ANTONIO J. PERALES RAYA

612

306

3060

35

439

Olivar Regadío

J-BZ-606

OLEICOLA LA LABOR, S.L.

226

113

1130

35

440

Labor Regadío

J-BZ-607

OLEICOLA LA LABOR, S.L.

156

78

780

35

441

Labor Regadío

INSTALACIONES AUXILIARES

Localidad: Baeza(Jaén)

FINCA Nº

TITULAR

SERV

m2

SERV

m.l

OT m²

EXP.

POLIG

PARC

NATURALEZA

J-BZ-607 PO

OLEICOLA LA LABOR, S.L.

0

0

0

4

35

441

Labor Regadío

Contra la presente Resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por Ley 4/1999, de 13 de enero.

Jaén, 22 de junio de 2010.- El Director General de Industria, Energía y Minas, P.D. (Resolución 23-2-2005), el Delegado Provincial, Manuel Gabriel Pérez Marín.

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