Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario del Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el art. 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:
Juzgado de lo Mercantil numero 1 de Alicante Calle Pardo Jimeno, 43
Número de asunto: 361/08-R
Tipo de concurso: Abreviado voluntario
Persona instante del concurso y concursada: Ana María Albe Velasco con DNI 21.464.598-D y don Salvador Victorino Llorente Sánchez con DNI 21.419.514 M con domicilio en calle Valle Inclán, n.º 16-3.º B, de Novelda.
Representación y asistencia técnica: Letrado Doña Monserrat Llorens Torres y Procurador Luis Beltrán Gámir
Fecha de presentación de la solicitud: 27 de junio de 2008
Fecha del auto de declaración: 22 de julio de 2008
Administrador concursal: Alejandro Dartis Garcie nombrado administrador concursal en el procedimiento de referencia en calidad de Abogado con cuenta de correo electrónico a los efectos de notificaciones la siguiente: adartis-garcie@icali.es y con domicilio en c/ Manuel Antón, n.º 13, 2.º A, de Alicante, tlfno 965207650, fax mismo, móvil 629847740
Facultades del concurso; El deudor conserva las facultades de administración y disposición
Constancia del patrimonio inmobiliario: si consta
Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo de 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme al artículo 85 de la Ley Concursal.
Forma de Personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia.
Alicante, 10 de noviembre de 2009.- El Secretario Judicial, Virginio Sánchez Barberán.
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