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Documento BOE-B-2011-10371

LA PALMA DEL CONDADO

Publicado en:
«BOE» núm. 73, de 26 de marzo de 2011, páginas 33142 a 33142 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2011-10371

TEXTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de La Palma del Condado.

Juicio: Procedimiento Ordinario (n) 165/2008.

Parte demandante: Jesús Felipe Cerrudo García y María Dolores Sánchez Pichardo.

Parte demandada: Rafael Rodríguez Martín y Elena Magrina Nosal Gómez.

Sobre: Acción de división de la cosa común y reclamación de cantidad.

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia con fecha 1/06/10 cuyo fallo es el siguiente:

Estimo la demanda interpuesta por Jesús Felipe Cerrudo García y María Dolores Sánchez Pichardo contra Rafael Rodríguez Martín y Elena Magrina Nosal Gómez y, en consecuencia, pongo fin a la situación de indivisión de la vivienda ubicada en la finca sita en la parcela 141, Sector M, de Matalascañas, inscrita en el Registor de la Propiedad de La Palma del Condado bajo el número 12.408, al tomo 1.085 del archivo, libro 175 del Ayuntamiento de Almonte, folios 35 recto y vuelto y 36 recto y vuelto, y al tomo 1.799 del archivo, libro 530 del citado Ayuntamiento, folios 136 recto y vuelto y 137 recto.

Se adjudica a la parte actora la vivienda izquierda de aquella finca registral, según se mira desde la vía pública, con una superficie total construida de 140,54 metros cuadrados y a los demandados, la vivienda derecha, con una superficie total construida de 108,67 metros cuadrados, según plano adjunto a la demanda como documento núm. 3.

Asimismo, condeno a los demandados a abonar a la parte actora la cantidad de dieciocho mil trescientos cincuenta y siete euros con treinta y seis céntimos (18.357,36 euros), junto con los intereses legales que dicho importe hubiera devengado desde la interposición de la demanda.

Las costas de este procedimiento se impone a los demandados.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que no es firme y que frente a la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá preparase ante este mismo Juzgado en el plazo de 5 días.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la parte demandada, se ha acordado publicar el presente en el Boletín Oficial del Estado para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia.

La Palma del Condado, 2 de febrero de 2011.- La Secretaria.

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