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Documento BOE-B-2011-19381

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 9 de junio de 2011, páginas 64802 a 64802 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2011-19381

TEXTO

Edicto.

Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. dos de Murcia, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I declaración del concurso 390/10, se ha dictado a instancias de "Explotaciones el Campillo S.L.", con CIF B-307214922, en fecha 26 de mayo de 2011, auto de declaración del concurso de dicha mercantil, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Fuente Álamo (Murcia).

2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio de la concursada quedan intervenidas por la Administración concursal designada al efecto, mediante su autorización o conformidad.

3.º Ha sido designado Administrador concursal el Abogado don Miguel Ángel Abellán Marquina, con despacho profesional en calle Villaleal, n.º 2, 7.º-A, de Murcia, y teléfono 968217462.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse en la Ciudad de la Justicia, fase I Servicio General, Sección 1.ª Registro y Reparto, en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal.

Murcia, 26 de mayo de 2011.- La Secretaria Judicial.

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