Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia, por el presente,
Hago saber: En este órgano judicial se tramita Sección I Declaración Concurso Voluntario 113/2011 seguido a instancias de Samara de Melo Silva, con NIE X-5037277-R, en lo que por Auto de fecha 04-11-2.011 se ha acordado;
1.- Concluir el presente procedimiento concursal de Samara de Melo Silva por estar en el supuesto de inexistencia de bienes o derechos propiedad del concursado ni de terceros responsables para satisfacer a los acreedores.
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Quedar responsable del pago de los créditos restantes pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
Murcia, 16 de noviembre de 2011.- La Secretaria Judicial.
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