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Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona y Provincia.
Hago saber: Que en el concurso número 711/09 seguido en este Juzgado a instancia del Procurador Jesús Acín Biota en nombre de Takura Kosmetic, Sociedad Limitada, se ha dictado en fecha 6 de mayo de 2011 por la Magistrada Juez, Marta Cervera Martínez, Sentencia 170/11 aprobando Convenio y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo
La aprobación del convenio de acreedores de la entidad mercantil Takura Kosmetic, Sociedad Limitada, sometido a votación el 15 de abril de 2011, adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.
Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre el plazo de 10 días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
La sentencia que apruebe el convenio debe ser publicitada en la forma prevista en el artículo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso.
No hay condena en costas.
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.
Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Barcelona, 14 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial, Jesús Santiago Ortego Briongos.
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