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Documento BOE-B-2012-24714

Anuncio de subasta Notarial ante don Manuel González-Lliberós Casanova, Notario de Aldaia, del Ilustre Colegio de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 14 de julio de 2012, páginas 33319 a 33320 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Anuncios de licitaciones públicas y adjudicaciones
Departamento:
Otros Poderes Adjudicadores
Referencia:
BOE-B-2012-24714

TEXTO

Manuel González-Lliberós Casanova, Notario del Ilustre Colegio de Valencia, con residencia en Aldaia,

Hago saber: Que en mi Notaría, sita en Aldaia (Valencia), calle Miquel Grau, 1-B, esquina a Plaza de Europa, se tramita venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley de Hipotecaria siendo de aplicación el artículo 12.º del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, de la siguiente finca hipotecada:

Urbana: Número doce. Vivienda en tercera planta alta, centro-derecha. Puerta once. Tipo B. Superficie útil aproximada, ochenta y cuatro metros treinta y siete decímetros cuadrados.

Cuota de participación: 4'50%.

Registro: En el de la Propiedad de Aldaia, al tomo al tomo 3.024, libro 569 de Aldaia, folio 186, finca 10.073.

Forma parte del edificio sito en Aldaia, calle de Juan Ramón Jiménez, número treinta y cinco.

Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:

1. Tendrá lugar en mi Notaría una única subasta, el día 27 de septiembre de 2012, a las 10'00 horas, siendo el tipo base el de doscientos ocho mil ochocientos cincuenta y cinco euros y treinta y ocho céntimos (208.855'38 euros), que es pactado en la escritura de préstamo hipotecario de la que trae causa. No obstante, si se presentaran posturas por un importe igual o superior al 70 por cien del valor por el que el bien sale, se entenderá adjudicada la finca a quien haga la mejor postura.

2. Cuando la mejor postura presentada fuera inferior al 70 por cien del tipo señalado para la subasta, podrá el deudor presentar, en el plazo de diez días, tercero que mejore la postura, ofreciendo cantidad superior al 70 por cien del valor de tasación o que, aún inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la completa satisfacción del derecho del ejecutante.

3. Transcurrido el expresado plazo sin que el deudor del bien realice lo previsto en el párrafo anterior, el acreedor podrá pedir, dentro del término de cinco días, la adjudicación de la finca por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

4. Si el acreedor no hiciese uso de la mencionada facultad, se entenderá adjudicada la finca a quien haya hecho la mejor postura, siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 50 por cien del valor de tasación, o siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad reclamada por todos los conceptos.

5. Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo de veinte días, pedir la adjudicación por importe igual o superior al 60 por cien del valor de tasación.

6. Si el acreedor no hiciere uso de la facultad a que se refiere el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el artículo 236.n del Reglamento Hipotecario.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236a) y 236b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes, de 9'30 a 13'30 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda a la subasta, mediante cheque bancario a nombra del Notario.

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el cheque del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Aldaia, 10 de julio de 2012.- Notario.

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