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Documento BOE-B-2012-26873

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 2012, páginas 36253 a 36253 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-26873

TEXTO

Don José Vela Pérez, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, 12 planta.

Número de asunto.- Concurso voluntario 468/2012-5.

Tipo de Concurso.- Voluntario.

Entidad instante del concurso y NIF.- Transports Cotxarrera, S.A., A58446139.

Fecha del Auto de Declaración.- 28 de junio del 2012.

Administradores Concursales.- Don Rafael Pujadas Gil, con NIF 37635995-Z, domiciliado en Calle Roger de Lluria, 87, 1.° 1.ª, Barcelona, como Letrado, con correo electrónico concursal@pujadasadvocats.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los Acreedores - Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Barcelona, 11 de julio de 2012.- El Secretario Judicial.

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