La Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su artículo 111, declara de interés general determinadas obras de infraestructuras hidráulicas con destino a riego y otras infraestructuras, figurando en su apartado 1.A) Obras de modernización y consolidación de regadíos de diversas comunidades de regantes, figurando entre otras "Consolidación y mejora del regadío de la Comunidad de Regantes Canal Toro-Zamora (Zamora)". Dichas obras llevan implícitas las declaraciones de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley. Mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, de 30 de agosto de 2011, se aprueba el "Proyecto de Mejora y Modernización del Regadío en la Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora (Valladolid y Zamora).Obras Generales y Sector III. Fase I-A".
El expediente expropiatorio se inicia por Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de fecha 18 de mayo de 2012.
Procede, en consecuencia, someter a trámite de información pública los bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución del presente proyecto, con especificación de su naturaleza y titularidad a los efectos previstos en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.
Todos los interesados que pudieran resultar afectados como consecuencia de la expropiación podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de la subsanación de los posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes y derechos afectados.
Los escritos de alegaciones se dirigirán a la entidad beneficiaria, Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora, Calle Puerta del Mercado, nº 27, bajo, 49800 Toro (Zamora), disponiendo como plazo para realizar las mismas, hasta el día señalado para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación.
La relación de bienes y derechos afectados, que se adjunta, podrá examinarse, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, y en las oficinas de la Comunidad de Regantes del Canal de Toro, sitas en el domicilio anteriormente indicado, así como en las dependencias de los Ayuntamientos de Coreses y Monfarracinos (Zamora).
Al mismo tiempo, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, esta Dirección General ha resuelto proceder a la convocatoria de los propietarios de los bienes y derechos afectados, para que los días 24 y 25 de septiembre de 2012 comparezcan en los Ayuntamientos de Coreses y Monfarracinos, o en las dependencias que a tal efecto designen dichos Ayuntamientos, al objeto de levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación y si procediera, las de ocupación definitiva, con desplazamiento, en su caso, a la finca afectada para la toma de datos si fuera preciso.
Además de los medios antes citados, se dará cuenta del señalamiento a los interesados, mediante citación individual y a través de la inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora y, en formato resumen, en dos diarios de la provincia de Zamora.
La publicación en el Boletín Oficial del Estado, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre de 1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, en dos diarios de la provincia de Zamora, en formato resumen, y en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos referenciados anteriormente, servirán como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y aquellos de los que se ignore su paradero.
Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores si fuera preciso, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada que se trate y con ocasión del levantamiento de la última acta que se extienda, haciéndose saber públicamente a los asistentes.
A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, el último recibo justificativo del pago del Impuesto de bienes inmuebles, certificación catastral y cédula urbanística, en su caso, pudiendo hacerse acompañar a su costa, y si lo estiman oportuno, de Peritos y Notarios.
Según lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, durante el transcurso del acto se propondrá la adquisición de los bienes y derechos afectados de mutuo acuerdo.
La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 32.5 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.
En el presente expediente expropiatorio la Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora (Zamora y Valladolid) ostenta la condición de entidad beneficiaria.
ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados para la realización del "Proyecto de Mejora y Modernización del Regadío en la Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora (Valladolid y Zamora). Obras generales y Sector III. Fase I-A". Entidad beneficiaria: Comunidad de Regantes del Canal de Toro-Zamora. Expediente: 10.21.308
FINCA | POL | PAR | TITULAR | EXP (m2) | SERV (m2) | O. TEMP (m2) | CULTIVO CATASTRAL | FECHA | HORA |
T.M. de Coreses | |||||||||
01-001 | 1 | 131 | MATELLAN VIÑAS, URSICINO | - | 241 | 2.306 | L. SECANO | 25/09/2012 | 9:30 |
01-002 | 1 | 132 | MARTIN JULIAN, ANGEL | 4 | 1.512 | 4.133 | L. SECANO | 25/09/2012 | 9:30 |
01-003 | 1 | 136 | AGUIAR HERNANDEZ PRUDENCIO [HEREDEROS DE] | 48.266 | 1.490 | 10.047 | L. SECANO | 25/09/2012 | 9:00 |
01-004 | 1 | 137 | AYUNTAMIENTO DE CORESES | 8.941 | 2.725 | 8.245 | L. SECANO | 25/09/2012 | 10:00 |
01-005 | 1 | 138 | LÓPEZ GONZÁLEZ, LUCIA | 6.521 | - | 1.458 | L. SECANO | 25/09/2012 | 12:00 |
01-006 | 1 | 139 | GREGORIO CAMPESINO, ANGEL | - | - | 173 | L. SECANO | 25/09/2012 | 10:30 |
01-007 | 1 | 146 | VIVAS FERNANDEZ, ELOY | - | - | 36 | L. SECANO | 25/09/2012 | 10:30 |
01-008 | 1 | 1550 | MARTIN PEREZ, PRIMITIVO | 21.446 | - | 1.756 | L. SECANO | 25/09/2012 | 11:00 |
01-009 | 1 | 1552 | RODRIGUEZ ARENAL, ANDRES | - | - | 2.397 | L. SECANO | 25/09/2012 | 12:00 |
T.M. de Monfarracinos | |||||||||
02-001 | 1 | 105 | URUEÑA TESON, TERESA Y OTROS | 2 | 4.348 | 9.321 | L. SECANO | 24/09/2012 | 11:00 |
02-002 | 1 | 106 | IGLESIA IZQUIERDO, MERCEDES DE LA | - | 857 | 857 | L. SECANO | 24/09/2012 | 11:00 |
02-003 | 1 | 119 | BARTOLOME TORIO, SOLEDAD | - | 897 | 2.973 | L. SECANO | 24/09/2012 | 11:00 |
02-004 | 1 | 149 | MARTIN MARTIN ANUNCIACION, BORDEL MARTIN JUAN JOSE Y BORDEL MARTÍN DIONISIA | - | 1.295 | 4.219 | L. SECANO | 24/09/2012 | 11:30 |
02-005 | 1 | 150 | ENRIQUE HERNANDEZ, TERESA | - | 756 | 2.567 | L. SECANO | 24/09/2012 | 11:30 |
02-006 | 1 | 152 | DOMINGUEZ ROSON, GERTRUDIS | - | 759 | 3.888 | L. SECANO | 24/09/2012 | 12:00 |
02-007 | 1 | 153 | SANCHEZ ENRIQUEZ, NATALIO | - | 1.631 | 5.508 | L. REGADÍO | 24/09/2012 | 12:30 |
02-008 | 1 | 154 | SANCHEZ ENRIQUEZ, GREGORIO | - | 1.055 | 3.588 | L. REGADÍO | 24/09/2012 | 12:30 |
02-009 | 1 | 155 | CONTRA LOZANO, PILAR | - | 265 | 905 | L. REGADÍO | 24/09/2012 | 12:00 |
02-010 | 1 | 156 | GREGORIO DE LA IGLESIA, ISIDRO [HEREDEROS DE] | 2 | 3.691 | 12.541 | L.SECANO | 24/09/2012 | 13:00 |
02-011 | 1 | 157 | BALLESTEROS VICENTE, MAGIN | - | 1.608 | 5.517 | L.SECANO | 24/09/2012 | 13:00 |
Madrid, 27 de julio de 2012.- El Subdirector General de Regadíos y Economía del Agua, Joaquín Rodríguez Chaparro.-El Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D., Orden AAA/838/2012 (BOE nº 98 de 24-04-2012), la Directora General de Desarrollo Rural y Política Forestal, Begoña Nieto Gilarte.
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