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Documento BOE-B-2012-33962

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 9 de octubre de 2012, páginas 46338 a 46338 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-33962

TEXTO

Edicto.

Juzgado de Primera Instancia n.º 45 de Madrid.

Autos n.º 478/2004.

Quiebra voluntaria de la entidad Impalu, S.L.

CIF: B-80169212.

En el juicio referenciado, se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva es la siguiente:

Auto.

En Madrid a veinte de junio de dos mil doce.

Dispongo: Con los efectos previstos en la Ley, la conclusión de la quiebra voluntaria de la entidad Impalu, S.L.

Notifíquese esta resolución a la quebrada, a la sindicatura, al Sr. Comisario de la quiebra y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil de esta capital para su inscripción y publíquese esta resolución en todos los medios en que se anotó la declaración de quiebra.

Contra este auto no cabe recurso alguno (artículo 177.1 de la Ley Concursal).

Llévese la presente resolución al libro de autos del Juzgado, quedando testimoniado en las presentes actuaciones y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así por éste, mi auto, lo pronuncio mando y firmo

La Magistrada-Juez.-El Secretario Judicial.

Y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" expido el presente.

Madrid, 5 de octubre de 2012.- Secretario del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 45 de Madrid.

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