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Documento BOE-B-2012-33963

SEGOVIA

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 9 de octubre de 2012, páginas 46339 a 46339 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2012-33963

TEXTO

Don Luis García Aguado, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos y Mercantil de Segovia,

Por el presente, hago saber: En este órgano judicial se tramita sección V, Liquidación 0000762/2010, seguido a instancias de "Promadrona, Sociedad Limitada", en los que, por resolución de fecha siete de junio de 2012 se ha acordado.

Primero.- Declarar la apertura de la fase de liquidación del concurso de "Promadrona, Sociedad Limitada".

Segundo.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.

Tercero.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial, en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

Quinto.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de diez días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

Sexto.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Séptimo.- Formar la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Póngase en conocimiento en el edicto que se publique, que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Segovia, 7 de junio de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.

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