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Documento BOE-B-2012-36657

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 260, de 29 de octubre de 2012, páginas 49900 a 49900 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-36657

TEXTO

Dña. Cristina Maria Valero Doménech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia,

Por el presente se hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores, Amparo Cebrián Mínguez y Antonio Hernández Lucena, con el número de registro 000376/2011 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 4-10-2012 con el siguiente tenor literal:

"Se acuerda la apertura de la fase de liquidación.

Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición de los deudores sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal.

Se declara extinguido el derecho de alimentos con cargo a la masa activa del concurso.

Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

Debiendo el administrador concursal presentar en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que formen parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador solicitante para que cuide de su diligenciamiento y gestión sin dilación bajo legales apercibimientos; dado que no se dispone de los medios telemáticos a los que hace referencia el Real Decreto-ley 3/2009, de reforma de la Ley Concursal y que en el presente procedimiento se ha hecho declaración de la gratuidad de las publicaciones, procederá su publicación en el BOE gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado.

Fórmese la Sección Quinta del Concurso.

Respecto de la Sexta, se formará, cuando se apruebe el plan de liquidación, de acuerdo con el artículo 167.1 LC, a los efectos procedentes. Haciéndose constar, en dicho momento, lo previsto en el artículo 168 LC."

Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente.

Valencia, 4 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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