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Documento BOE-B-2013-10637

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 68, de 20 de marzo de 2013, páginas 14171 a 14171 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-10637

TEXTO

Edicto

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con N.I.G. 08019-47-1-2013-8000484 y n.° 88/2013A se ha declarado el concurso Voluntario Principal de fecha 15/2/13 de Servicios de Autogrúas y Automoción del Vallès, S.L., con C.I.F. n° B6315344 y domicilio en C/ Santiago Rusiñol, s/n, Palau Solità i Plegamans, en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento Abreviado.

El administrador concursal es don Wifredo Vilaldach García, con domicilio en C. Balmes, 213, 1.°, 1.° A, 08006 de Barcelona, y correo electrónico autogruas.adm.concursal@gmail.com.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en C. Balmes, 213, 1°1°A 08006 de Barcelona o por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de aquisición y vencimiento, caracteríslticas y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos regístrales También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso desque se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y/o representen salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas.

En Barcelona a, 22 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

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