Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 211/2007, con NIG 0401342C20070011481 por auto de fecha 12 de febrero de dos mil trece se ha acordado la conclusión del presente concurso siendo deudores Clemente Cazorla López, DNI: 27.241.168-Z y Rosa María Forte Ros, DNI: 27.256.086-M, en el referido auto se acuerda lo siguiente:
2º.- La conclusión del presente procedimiento concursal, por inexistencia de masa activa.
3º.- Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los administradores.
4º.- Los deudores, Clemente Cazorla López y Rosa María Forte Ros, quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda.
Almería, 12 de febrero de 2013.- El/la Secretario Judicial.
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