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Documento BOE-B-2013-11056

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 2013, páginas 14754 a 14755 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-11056

TEXTO

Don Andrés Prada Horche, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo, por el presente, hago saber:

Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Concurso Voluntario N.º 11/2012 del deudor Eurotor System, S.L., CIF B-33580796 y domicilio social en el Polígono Industrial de las Vías, n.º 29, Meres, Siero, se ha dictado con fecha 1 de marzo de 2013 Sentencia aprobando la propuesta de convenio presentada por la concursada, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Fallo: Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por la concursada Eurotor System, S.L., que fue aceptada por la Junta de acreedores celebrada el día 6 de febrero de 2013.

Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto a estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI.

Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

Requiérase a la entidad concursada, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta resolución al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos que se entregarán a la presentación procesal de la concursada para que proceda a su inserción con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el diario El Comercio, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal, debiendo dar cuenta a este juzgado de su diligenciamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase y entréguese a la presentación procesal de la concursada mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Asturias para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese de los Administradores concursales.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que podrá interponerse en el plazo de veinte días desde su notificación, previa consignación de la cantidad de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. don Miguel Álvarez-Linera Prado, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Oviedo."

Y a los efectos oportunos, y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente en

Oviedo, 1 de marzo de 2013.- El Secretario.

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