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Documento BOE-B-2013-12097

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 78, de 1 de abril de 2013, páginas 16084 a 16084 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-12097

TEXTO

Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y Provincia,

Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 210/2013 en el que se ha dictado con fecha 12/3/2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Agric-Bemvig, S.A., con CIF A-08200651 y mandando darle publicidad con los siguientes datos

Nig del procedimiento: 08019-47-1-2012-8006094.

Tipo de concurso: Ordinario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso

Concursada: Agric-Bemvig, S.A., con domicilio en Ctra.Nacional 152, km. 80. Masies de Voltregà (Les) (Barcelona).

Administrador concursal: Audilegem BCN, S.L., con domicilio en calle Córsega, número 299, 3.º, 3.º, 08008 Barcelona (Barcelona), con correo electrónico agricbemvig@audilegem.com

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, característica y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes.Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse

Barcelona, 18 de marzo de 2013.- El Secretario Judicial.

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