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Documento BOE-B-2013-15059

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 2013, páginas 20070 a 20070 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-15059

TEXTO

Edicto

Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de Concurso Abreviado -000549/2012-D, de la mercantil Rústica y Clásica, Sociedad Limitada, en cuyo seno, con fecha trece de marzo de dos mil trece, se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1.- Se acuerda poner fin a la fase común.

2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación.

3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el titulo III de la Ley Concursal.

4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el artículo 148 Ley Concursal.

6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones.

7.- Procédase a la formación de la sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Artículo 167 Ley Concursal.

Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (artículo 168 Ley Concursal). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el artículo 169 Ley Concursal.

8.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado por el plazo de diez días.

Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal….

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el don Salvador Calero García, Magistrado-Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe.

Alicante, 13 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.

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