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Documento BOE-B-2013-1801

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 19 de enero de 2013, páginas 2376 a 2376 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-1801

TEXTO

Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca.

Concurso Voluntario Abreviado 497/2011.

Parte demandante Esla Beach, Sociedad Limitada.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Auto

En Palma de Mallorca a 8 de octubre de 2012.

Hechos

Único: en fecha 18 de junio de 2012 se ha presentado por la Administración Concursal de Esla Beach, Sociedad Limitada, informe instando el archivo del proceso concursal por insuficiencia de bienes, acompañado la debida rendición de cuentas. Dado Traslado a las partes personadas, por las mismas no se hacen observaciones al respecto.

Fallo: Que debo declarar y declaro la conclusión del presente concurso, por insuficiencia de masa activa.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica, así como la cancelación de su inscripción en los registros públicos. Firme que sea la presente, expídase mandamientos a los referidos Registros.

Publíquese la conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal.

A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado.

Firme que sea la presente hágase pública el presente archivo mediante edictos que se insertarán en el tablón de anuncios de este Juzgado. Igualmente, y en dicho término, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Mercantil para la práctica de los asientos conduncentes a la constancia registral de esta resolución.

Se tiene aprobada la rendición de cuentas presentada por el Administrador Concursal.

Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, por mor del articulo 177 no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda, manda y firma don Víctor Fernández González, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de esta localidad.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 177.3 de la Ley Concursal.

Palma de Mallorca, 9 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.

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