Está Vd. en

Documento BOE-B-2013-24576

ALMERÍA

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 2013, páginas 32703 a 32705 (3 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-24576

TEXTO

En el presente procedimiento Apertura Sección 348.06/2010 seguido a instancia de Transportes R’Su, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Almería, a seis de junio de dos mil trece.

Vistos por mí, Juan Antonio Lozano López, titular del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de los de Almería, los anteriores autos de concurso en sede de calificación registrados con el número más arriba indicado, a instancias de la Administración Concursal en el procedimiento concursal 348.06/2010, representada por sus integrantes D. Antonio Esteban Cerdán y María Mercedes Fernández Saldaña, y el Ministerio Fiscal, Transporte R’Su, SL, como demandada concursada, representada por la Procuradora D.ª Natalia Ruiz Coello Moratalla y asistida por letrado, y D. Francisco Andrés Suárez Rivera, como demandado, representado por el Procurador D. David Barón Carrillo y asistido por el letrado D. Javier Hurtado Cuadros, en solicitud de declaración de concurso culpable, todo atendiendo a los siguientes

Antecedentes de hecho

1.- Transportes R’Su, SL, fue declarada en situación de concurso voluntario de acreedores por auto de este Juzgado de 30 de septiembre de 2010, según petición de la concursada formulada a 30 de junio de 2010.

2.- Seguido el procedimiento por sus trámites, se dictó auto de 21 de junio de 2012 ordenando abrir la fase de liquidación, con apertura de la sección sexta de este procedimiento concursal.

3.- Sin personación de acreedores que hicieran una propuesta de calificación, mediante escrito de 12 de noviembre de 2012 se propuso la calificación del concurso como culpable, por falta de colaboración de los administradores sociales con la Administración Concursal, irregularidades contables y desvío de recursos financieros a los administradores de la mercantil. Consideraba personas afectadas a D. Francisco Andrés Suárez Rivera, D. Ramón Suárez Rivera, D. Ramón Suárez Olivencia y D.ª Encarnación Rivera Fernández, considerándose personas cómplices D. Francisco Andrés Suárez Rivera (Agencia Transandra, SL), si bien en el suplico se excluye a D.ª Encarnación Rivera Fernández de la condena. El perjuicio ocasionado sería de 725.620.03 € por gastos imputados, concretándose en 203.622,48 € y 204.208,34 € los derechos que debieran ser objeto de pérdida por los afectos. En consecuencia, pedía la inhabilitación de los anteriores por 10 años, pérdida de los derechos que les correspondiera, devolución de bienes y derechos obtenidos indebidamente del patrimonio del deudor y a indemnizar a la concursada de los daños y perjuicios causados en la cantidad de créditos que los acreedores no reciban de la liquidación.

4.- Con traslado al Ministerio Fiscal, se mostró conforme con la calificación pretendida según informe de 20 de noviembre de 2012.

5.- Mediante providencia de 22 de noviembre de 2012 se dio traslado a la concursada para alegaciones, con emplazamiento a las personas afectas para comparecencia.

6.- Mediante escrito de 12 de diciembre de 2012 presentó contestación la concursada, en el sentido de oponerse a la propuesta de calificación, por falta de supervisión de cuentas anuales a la concursada, existencia de información entregada e inexistencia de trasvase de fondos.

7.- Mediante escrito de 23 de enero de 2013 presentó contestación la representación procesal de D. Francisco Andrés Suárez Rivera, en el mismo sentido que el anterior.

8.- Mediante providencia de 30 enero de 2013 fueron convocadas las partes para la celebración de vista para el pasado día 6 de mayo, con el resultado que obra en el soporte audiovisual adjunto, quedando las actuaciones vistas para el dictado de la presente resolución.

Fallo

Que desestimando la petición de calificación del presente concurso de acreedores, siendo concursada Transportes R’Su, SL, efectuada por la Administración Concursal del concurso 348.06/2010,

1.- Desestimo la petición de calificación de concurso culpable, y, en consecuencia, lo califico como fortuito.

2.- Sin imposición de costas.

Notifíquese a las partes personadas y a la Administración Concursal, y comuníquese al Registro Mercantil a sus efectos. Asimismo, publíquese una reseña en el Boletín Oficial de Estado.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y autos definitivos, dejando testimonio literal de la misma en las actuaciones.

Firme que sea esta resolución, y ejecutado lo acordado, procédase al archivo definitivo de las actuaciones, previas las inscripciones correspondiente en los libros registro de este Juzgado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado para la Audiencia Provincial de Almería, dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la presente, mediante escrito en el que deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.

Para interponer el recurso de apelación habrá de constituirse un depósito de 50 € en la cuenta de depósitos de este Juzgado, el mismo día de su presentación o a los dos días siguientes. De no efectuarse el depósito en los plazos indicados, el recurso no se admitirá a trámite. El depósito se devolverá a la recurrente solo en el caso de que el recurso sea admitido total o parcialmente, según ordene la resolución final del recurso de apelación (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: La anterior sentencia ha sido leída y publicado por el Juez que la suscribe en audiencia pública, en la día de su fecha, y ante mi presencia, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación en forma a todos los interesados, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

Almería, 11 de junio de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid