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Documento BOE-B-2013-25917

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 6 de julio de 2013, páginas 34621 a 34621 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-25917

TEXTO

Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos con NIG 08019-47-1-2013-8002624, y n.º 359/2013, se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 10/06/13 de Valero y Balaguer, S.L., con CIF n.º B59491613, y domicilio en c/ Socors, 8, local, 08028 Barcelona, en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitara por los cauces del procedimiento abreviado.

El administrador concursal es D. Josep Lluis Ribera Mercade, con domicilio en Sant Marius, 19-21, 2.º 2.º, 08022 de Barcelona, y correo electrónico riberamerca@hotmail.com.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal dos acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Sant Marius, 19-21, 2.º 2.ª, 08022 de Barcelona, o por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresara el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso, los datos registrales también se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicades resulten necesarias o convenientes. Se acompañara copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas.

Barcelona, 13 de junio de 2013.- La Secretaria judicial.

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