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Documento BOE-B-2013-27926

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 19 de julio de 2013, páginas 37297 a 37297 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-27926

TEXTO

Doña Francisca Frontera Llompart, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 585/13 y NIG 07040 47 1 2013 00002871, se ha dictado en fecha 2 de julio de 2013, Auto de declaración de concurso voluntario ordinario de los deudores "Calzados Marcas K-Center, S.L.", con CIF B-57719881, con domicilio calle Sindicato, numero 67, Palma de Mallorca.

2.º Se ha acordado la suspensión por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso.

3.º Que ha sido nombrado como Administrador concursal de la sociedad "Calzados Marcas K-Center, S.L.", la abogada doña Sonia Gimeno Gil, queda designada para el ejercicio de la funciones propias de la Administración concursal, y ha aceptado el cargo con fecha 15 de julio de 2013.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos, que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración concursal a la dirección postal: plaza Rosario, 5, 2, 07001 Palma, y dirección electrónica concurso.calzadoskcenter@amagdaleno.com, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 15 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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