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Documento BOE-B-2013-27927

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 19 de julio de 2013, páginas 37298 a 37298 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-27927

TEXTO

D. Francisca Frontera LLompart, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 586/13 y NIG nº 07040 47 1 2013 0000872 se ha dictado, en fecha 2 de julio de 2013, auto de declaración de concurso voluntario ordinario de los deudores:

Aporia 2005, S.L., con CIF B-57324212, con domicilio Calle Cala Bona, número 19, Polígono Son Fuster de Palma de Mallorca.

2º.- Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3º.- Que ha sido nombrado como administrador concursal la sociedad Penta Legis S.L.P. en cuyo nombre la economista Pedro Juan Vilella Xampeny en calidad de administrador solidaria de la sociedad, queda designada para el ejercicio de la funciones propias de la administración concursal, y ha aceptado el cargo con fecha en fecha 16 de julio de 2013.

4º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal: Gran Via Asima numero 4, 1 Edificio Poligono Palma Y direccion electronica pvilella@pentalegis.com, en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 16 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

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