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Documento BOE-B-2013-28040

PALMA DE MALLORCA

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 20 de julio de 2013, páginas 37437 a 37437 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-28040

TEXTO

Doña Francisca Frontera Llompart, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 627/2013 y NIG 07040 47 1 2013/0000941, se ha dictado en fecha 11 de julio de 2013 Auto de Declaración de concurso voluntario ordinario del deudor "Rex Motors, S.A.", con CIF A-07074685, cuyo centro de intereses principales lo tiene en la calle Gran Vía Sima, n.º 4, Polígono Son Castelló, Palma de Mallorca.

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

3.º Que se ha nombrado administrador de dicho concurso a la mercantil "Qualitybal Asesores, S.L.U.", con CIF B-57650186, en cuyo nombre la economista doña Antonia María Baldo Amengual, en representación de Qualitybal, ha aceptado el cargo con fecha 14 de julio de 2013.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante la Administración concursal a la dirección postal calle Balanguera, n.º 6, bajos, 07011 Palma de Mallorca, o dirección de correo electrónico rexmotorssa.concurso@gmail.com, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Palma de Mallorca, 16 de julio de 2013.- La Secretario Judicial.

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