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Documento BOE-B-2013-3054

Anuncio de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por el que se notifica la Resolución del procedimiento para la asignación de recursos públicos de numeración para la prestación de servicios de tarifas especiales al operador "Grupo Neveral Telecomunicaciones, Sociedad Limitada".

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 26 de enero de 2013, páginas 4128 a 4129 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-B-2013-3054

TEXTO

No habiendo resultado posible la notificación a la entidad "Grupo Neveral Telecomunicaciones, Sociedad Limitada", como interesada en el expediente DT 2012/2397, por causas no imputables a esta Comisión debido a que la misma se ha intentado infructuosamente dos veces por los servicios de Correos en la forma prevista en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la misma Ley, a notificar por este medio que, con fecha 13 de noviembre de 2012, el Secretario de la Comisión ha resuelto lo siguiente:

"Primero.- Asignar a "Grupo Neveral Telecomunicaciones, S.L.", para la prestación de servicios de tarifas especiales, cinco bloques de mil números, identificados por los dígitos NXYABM del número telefónico nacional, para prestar los servicios que se indican a continuación:

Servicio de tarifas especiales

NXY

ABM

Nivel tarifario

Cobro revertido automático

800

115

Nacional

Pago por el abonado llamantes sin retribución para el abonado llamado

902

741

Nacional

Tarificación adicional: Exclusivos adultos

803

412

Nivel 3

Tarificación adicional: Ocio y entretenimiento

806

412

Nivel 3

Tarificación adicional: Servicios profesionales

807

409

Nivel 3

Segundo.- La numeración asignada por la presente resolución no podrá ser utilizada para el encaminamiento de tráfico a centros de acceso al servicio Internet (CASI).

Tercero.- "Grupo Neveral Telecomunicaciones, S.L.", deberá comunicar a las entidades autorizadas para prestar el servicio telefónico disponible al público, la fecha a partir de la cual éstas deben disponer sus redes para permitir el encaminamiento de las llamadas hacia este bloque de numeración. Esta comunicación se realizará en todo caso con una antelación mínima de un mes a dicha fecha de apertura efectiva a la interconexión de la numeración asignada.

Cuarto.- En cumplimiento del artículo 61 del Reglamento sobre mercados de comunicaciones electrónicas, acceso a las redes y numeración, los titulares de asignaciones de recursos públicos de numeración remitirán a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, anualmente y en el mes de enero, siempre que hayan transcurrido más de seis meses desde la fecha de notificación de la resolución de otorgamiento de la asignación, las previsiones de utilización de los recursos en los tres años siguientes, así como la siguiente información relativa al año anterior:

a) El uso dado a los recursos asignados, especificando, en su caso, su utilización para fines diferentes a los habituales.

b) El porcentaje de números asignados a sus clientes y el de los números que, por diferentes razones que deberán especificarse, no estén disponibles para su utilización.

c) El grado de coincidencia entre la utilización real y las previsiones.

d) La proporción de números transferidos a otros operadores a petición de los usuarios, en el ejercicio de su derecho a la conservación de los números."

Se pone de manifiesto que contra la resolución a la que se refiere el presente anuncio, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante esta Comisión en el plazo de un mes desde el día siguiente al de esta publicación o, directamente, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a esta publicación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.12 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, la Disposición adicional cuarta, apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 116 del la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.

Asimismo, se informa que la Resolución objeto de la presente notificación, en virtud de la cautela prevista en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no se publica en su integridad encontrándose a su disposición en la sede de esta Comisión, sita en la calle Bolivia, 56, de Barcelona, donde podrá comparecer para su conocimiento íntegro. De no comparecer en la sede de esta Comisión en el plazo de diez días desde la fecha de publicación del presente anuncio, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales.

Barcelona, 2 de enero de 2012.- El Secretario (P.D. del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Resolución de 15.09.11, "BOE" n.º 238 de 03.10.11), Jorge Sánchez Vicente.

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