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Documento BOE-B-2013-34574

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 21 de septiembre de 2013, páginas 46613 a 46613 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2013-34574

TEXTO

Edicto

Don José Vela Pérez, Secretario Judicial,del Juzgado Mercantil número 6 de Barcelona,

Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 435/2013 se ha declarado, mediante auto de fecha 18/06/2013 el concurso voluntario de Federació Catalana D'Handbol, con NIF 5855008 H y domicilio en Cerdanyola del Vallès Avenida Guiera, número 6-8, Parc Esportiu Municipal Guiera, en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso Odinario.

Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D/Dª Christian Herrera Petrus por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Vía Augusta, número 4, 6º planta, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal concursal2@herrera-advocats.com en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto.

El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien, copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio común de los Juzgados Mercantiles.

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal.

Barcelona, 8 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

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